ACUERDO GUBERNATIVO 140-2005
Asigna valor facial a las especies postales que se pondrán en circulación.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 140-2005
Guatemala, 22 de abril del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado velar porque los servicios públicos se presten en condiciones que satisfagan las necesidades de los usuarios, dictando para el efecto las disposiciones necesarias tendientes a que la prestación de dichos servicios se realice dentro del marco normativo correspondiente.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Correos y Telégrafos previo dictamen favorable emitido por el Consejo Nacional Filatélico, sobre la solicitud hecha por la Secretaría General de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal, UPAEP, gestiona la asignación del valor facial a un millón ciento ocho mil ochocientos sellos postales y siete mil doscientas hojas miniatura que corresponden a la emisión denominada "FLORA Y FAUNA";
CONSIDERANDO:
Que con la emisión de los sellos postales relacionados; se promociona y se dan a conocer, tanto a nivel nacional como internacional, las bellezas naturales más destacadas de la Flora y Fauna guatemalteca, con la finalidad de evitar la extinción de especies nativas y que además se cumple con la función de proporcionar un comprobante de pago por el servicio postal que la Dirección General de Correos y Telégrafos presta.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 51 del Decreto Presidencial número 650 Código Postal de la República de Guatemala y 2 del Reglamento para la Emisión de Sellos Postales, Acuerdo Gubernativo número 39-2001, de fecha 30 de enero de 2001.
ACUERDA:
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