ACTA MUNICIPAL 18-2005
Modifica el Reglamento del Servicio de Agua Potable de la Municipalidad de Guastatoya, Departamento de El Progreso.
ACTA NÚMERO 18-2005
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TUVO A LA VISTA EL LIBRO NUMERO OCHO (8), DE ACTAS DE SESIONES EXTRAORINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EN EL QUE A FOLIOS NÚMEROS: 107, 108 y 109, APARECE LA QUE COPIADA LITERALMENTE DICE:
ACTA NUMERO: DIECIOCHO GUIÓN DOS MIL CINCO (18-2005).
En la ciudad de Guastatoya. departamento de El Progreso, siendo las dieciocho horas del día NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO, reunidos en el Salón de Sesiones en la planta baja del Edificio Municipal, los señores: David Cordón Hichos, Alcalde Municipal; Marco Antonio Mejía Rodas. Concejal Primero; Javier Estuardo Escobar Rivera, Concejal Segundo; Hugo Rolando Oliva Archila, Concejal Tercero; Jorge Augusto Marroquín Trigueros, Concejal Cuarto; Gabriel Pantaleón Palencia, Síndico Primero; Edgar Augusto López Hernández, Síndico Segundo y el Profesor Juan Aníbal Orellana Orellana, Secretario Municipal que autoriza, con el objeto de dejar constancia de una Sesión de CARÁCTER EXTRAORDINARIA, de conformidad con los puntos siguientes:
PRIMERO:
El señor David Cordón Hichos, Alcalde Municipal, dio una cordial bienvenida a todos los presentes, declarando abierta la sesión programada para este día.
SEGUNDO:
Acto seguido, el señor Alcalde Municipal manifiesta a los presentes, que fueron convocados a esta sesión de carácter extraordinaria única y exclusivamente para tratar el asunto relacionado a: MODIFICACION AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA, DEPTO. DE EL PROGRESO.-
TERCERO:
La Corporación Municipal CONSIDERANDO:
que de acuerdo a lo establecido en los artículos 35, 68 lit. a), y 72 del Dto. Leg. 12-2002 (Código Municipal) es competencia del Concejo Municipal, entre otras, controlar y evaluar la eficiencia de los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos en los términos que la Ley indica. así mismo la determinación y cobro de tasas en forma justa y equitativa, las cuales deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura del servicio. CONSIDERANDO:
que de conformidad con lo estipulado en el art. 17 lit. d) del Código Municipal todo vecino tiene dentro de sus derechos y obligaciones, la de contribuir con los gastos públicos municipales, en la forma prescrita por la ley reguladora. POR TANTO:
en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución Política de la República y el Código Municipal, ACUERDA: MODIFICAR EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE LA MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO,
publicado en el Diario Oficial de fecha treinta y uno de octubre de mil novecientos setenta y siete (31-10-1977), de la siguiente manera:
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