ACUERDO GUBERNATIVO 80-2005
Crea la distinción denominada "Capital Cultural de Guatemala".
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 80-2005
Guatemala, 9 de marzo de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es obligación primordial del Estado, proteger, fomentar y divulgar de manera descentralizada la cultura nacional; emitiendo las disposiciones legales que coadyuven a lograr los objetivos citados.
CONSIDERANDO
Que el Estado tiene el deber de fomentar, promover e incentivar a los guatemaltecos y guatemaltecas a participar en la búsqueda y construcción de mejores condiciones de vida dentro de una cultura de paz y de desarrollo humano sostenible, y a encontrar dentro de las relaciones interculturales la gran riqueza de la diversidad cultural y natural que tiene el país; a rescatar los valores locales que distinguen a cada pueblo, a reconocer, valorar, proteger y difundir los bienes culturales tangibles e intangibles que fortalecen la identidad y la imaginación necesaria para su desarrollo.
CONSIDERANDO
Que fortaleciendo los valores locales, rescatando su memoria y permitiendo la visión compartida de futuro, se podrá consolidar una Guatemala unida en su diversidad.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y en los artículos 57, 59, 62, 65, y 183 literal e) de la Constitución Política de la República; 6 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y lo que para el efecto establece la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, Decreto número 26-97 del Congreso de la República y su reforma.
ACUERDA
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