ACUERDO GUBERNATIVO 179-2001
Acuérdase aprobar en su totalidad la declaratoria de sectores de altos riesgos de las cuencas de Amatitlán, Villalobos y Michatoya, emitida por la Junta y Secretaría ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres CONRED el 6 de abril
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 179-2001
Guatemala. 10 de mayo de 2001
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República de Guatemala la vida, la integridad, la tranquilidad y la seguridad tanto de ellos como de sus bienes, adoptando las medidas necesarias para evitar en lo posible los daños de cualquier calamidad o amenaza que azote al país o a determinada región, así como para evitar o reducir sus efectos.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres, los organismos del Estado, las entidades autónomas y descentralizadas de éste y en general los funcionarios y autoridades de la administración pública quedan obligados a participar en todas aquellas acciones que se anticipen a la ocurrencia de los desastres.
CONSIDERANDO
Que año con año, durante el invierno se han venido produciendo una serie de eventos tales como inundaciones, arrastre y deposición de sedimentos, crecidas y movimientos de terrenos y laderas en los sectores comprendidos en las cuencas de Amatitlán y los ríos Villalobos y Michatoya, los cuales provocan daños a los habitantes de las áreas circunvecinas así como a sus bienes y a la estructura física de obras públicas y privadas, lo que hace urgente y necesario emitir las disposiciones legales tendientes a prevenir tales daños.
CONSIDERANDO
Que la Junta y Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres -CONRED- con fecha 6 de abril de 2001 declaró SECTORES DE ALTO RIESGO EN LAS CUENCAS DE AMATITLAN, VILLALOBOS Y MICHATOYA, declaratoria que, con base en el dictamen técnico científico emitido por el Consejo Científico de CONRED, fue aprobada, avalada y ratificada por unanimidad por el Consejo Nacional para la Reducción de Desastres en sesión extraordinaria de fecha 2 de mayo de 2001, por lo que es pertinente emitir la normativa correspondiente a efecto de que la declaratoria tenga los efectos preventivos deseados.
CONSIDERANDO
Que la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán -AMSA- es el organismo al más alto nivel encargado de planificar, coordinar y ejecutar todas las medidas y acciones del sector público y privado que sean necesarias para recuperar el ecosistema del Lago de Amatitlán y todas sus cuencas tributarias. Que los recientes estudios de amenaza y vulnerabilidad realizados por la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán y la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres han sido determinantes para la identificación de los sectores que se consideran los más amenazados por los desastres naturales.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala
EN CONSEJO DE MINISTROS ACUERDA:
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