ACTA 32-2004.4
Crea Multa por omisión de inscripción ante el Registro de Vecindad de la Municipalidad de San Miguel Dueñas, Sacatepéquez.
ACTA NÚMERO 32-2004
La Infrascrita Secretaria Municipal de San Miguel Dueñas del departamento de Sacatepéquez, CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Sesiones Municipales 23 en el cual a folios 138 - 139 - 140 - 141 y 142 aparece el Acta No. 32/2004 que copiada en su parte conducente dice:
"CUARTO: El Concejo Municipal sesionante tomando en cuenta lo señalado por el artículo 16 del Decreto 12-2002 párrafo segundo que dice: "Todo vecino está obligado a inscribirse en el Registro de Vecindad de su municipio dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes de alcanzar la mayoría de edad o al darse las condiciones para a adquirir esa calidad consignada en el presente código. El incumplimiento de lo dispuesto en este párrafo será sancionado con una multa que fijará el Concejo Municipal dentro de los límites establecidos en este Código". Por lo anterior el Concejo Municipal por unanimidad de criterios,
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