ACUERDO GUBERNATIVO  02.10.1946

Autoriza a la Municipalidad de Samayac para que en su jurisdicción pueda cobrar los arbitrios que se indican.

Autoriza a la Municipalidad de Samayac para que en su jurisdicción pueda cobrar los arbitrios que se indican.

Palacio Nacional: Guatemala, 2 de octubre de 1946.

Examinada la solicitud de la municipalidad de Samayac, departamento de Suchitepéquez, relativa a que se aprueben los arbitrios que resolvió establecer; y apareciendo del expediente respectivo que se llenaron los requisitos que previene para el efecto la Ley de municipalidades,

El Presidente Constitucional de la República

 
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