ACUERDO  1086

Se acuerda modificar el Reglamento de inversión de fondos de reserva técnica de los programas de protección social a cargo del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

Acuerdo Número 1086

REGLAMENTO DE INVERSIÓN DE FONDOS DE RESERVA TÉCNICA DE LOS PROGRAMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL A CARGO DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

LA JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Ley Orgánica del Instituto, un reglamento debe normar lo relativo a las condiciones en que deben invertirse los fondos del Régimen de Seguridad Social, destinados a capitalizar obligaciones a favor de la población cubierta por los distintos programas de protección social.

Que es necesario actualizar y unificar en un reglamento todas las normas que regulan las operaciones de inversión que realiza el Instituto.


POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 1o. Inciso a), y el Artículo 49, inciso e) del Decreto número 295 del Congreso de la República,

ACUERDA:

Dictar la siguiente modificación por adición al Artículo 12 del Acuerdo No. 805, REGLAMENTO DE INVERSIÓN DE FONDOS DE RESERVA TÉCNICA DE LOS PROGRAMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL A CARGO DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL, emitido por la Junta directiva, el cual queda así:

 
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