RESOLUCIÓN JM-179-2002
Se acuerda aprobar, conforme anexo a la presente resolución, el Reglamento para la determinación del monto mínimo del patrimonio requerido para exposición a los riesgos, aplicable a Bancos y Sociedades Financieras.
*Derogada por el numeral 2 de la Resolución JM-46-2004 de la Junta Monetaria.
JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-179-2002
Inserta en el Punto Octavo del Acta 36-2002, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 1 de junio de 2002.
PUNTO OCTAVO: Proyecto de Reglamento para la Determinación del Monto Mínimo del Patrimonio Requerido para Exposición a los Riesgos, aplicable a Bancos y Sociedades Financieras.
RESOLUCIÓN JM-179-2002. Conocido el oficio No. 2329-2002 del Superintendente de Bancos del 1 de junio de 2002, mediante el cual eleva a consideración de esta Junta el proyecto de Reglamento para la Determinación del Monto Mínimo del Patrimonio Requerido para Exposición a los Riesgos, Aplicable a Bancos y Sociedades Financieras; y,
CONSIDERANDO: Que el Decreto Número 19-2002 del Congreso de la República; Ley de Bancos y Grupos Financieros, establece en su Título VIII la adecuación de capital, con el objeto de establecer un monto mínimo de patrimonio para los bancos y sociedades financieras, en los términos a que se refiere la citada ley;
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 64 del Decreto Número19-2002 del Congreso de la República, Ley de Bancos y Grupos Financieros, corresponde a esta Junta determinar y aprobar las ponderaciones de activos y contingencias y adecuación de capital de los bancos y sociedades financieras, para la determinación del monto mínimo de patrimonio requerido que deberán mantener en forma permanente;
CONSIDERANDO: Que los negocios tomados y servicios prestados por los bancos y sociedades financieras conllevan riesgos de pérdidas inesperadas, por lo que dichas entidades deben contar con el capital mínimo correspondiente para cubrir tales pérdidas;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República, 26 inciso m) y 64 del Decreto Número 16-2002, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, 64 y 129 del Decreto Número 19-2002, Ley de Bancos y Grupos Financieros, ambos del Congreso de la República, y con el voto favorable de la totalidad de sus miembros presentes,
LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:
1. Aprobar, conforme anexo a la presente resolución, el Reglamento para la Determinación del Monto Mínimo del Patrimonio Requerido para Exposición a los Riesgos, Aplicable a Bancos y Sociedades Financieras.
2. Autorizar a la Secretaría de esta Junta para que publique la presente resolución, la cual entrará en vigencia el día de su publicación.
Hugo Rolando Gómez Ramírez
Secretario
Junta Monetaria
ANEXO A LA RESOLUCIÓN JM-179-2002
REGLAMENTO PARA LA DETERMINACIÓN DEL MONTO MÍNIMO DEL
PATRIMONIO REQUERIDO PARA EXPOSICIÓN A LOS RIESGOS,
APLICABLE A BANCOS Y SOCIEDADES FINANCIERAS
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