DECRETO LEY  172

Modifica el Decreto del Congreso número 314 Código de Notariado

DECRETO LEY NUMERO 172

ENRIQUE PERALTA AZURDIA
JEFE DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO

Que los profesionales que prestan servicios en las dependencias delEstado por tiempo completo, deben dedicarse durante las horas hábiles al cumplimiento de sus obligaciones, pues así lo exige el buen servicio público.

POR TANTO

Con fundamento en el artículo3ºde la Carta Fundamental de Gobierno y en Consejo de Ministros.

DECRETA:

 
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