ACUERDO MINISTERIAL  160-2020

Se Acuerda Dar Viabilidad Y Publicidad, Como Enlace Del Estado, Al Acuerdo Número 2-2020 Del Instituto De Recreación De Los Trabajadores De La Empresa Privada De Guatemala, De Fecha 23-03-2020.

*Derogado por el Acuerdo Ministerial 192-2020


ACUERDO MINISTERIAL 160-2020

Guatemala, veinte de abril de dos mil veinte


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es función del Ministro dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio.


CONSIDERANDO

Que la Ley del Organismo Ejecutivo regula que es atribución de los Ministros de Estado cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; Así como dictar los acuerdos y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley.


CONSIDERANDO

Que la Ley de Creación del Instituto de Recreación de los Trabajadores de Guatemala, indica que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social es el enlace de dicho instituto, para asuntos administrativos en relación con el Estado.


CONSIDERANDO

Que por virtud de Decreto Gubernativo Número 5-2020, reformado por Decreto Gubernativo Número 6-2020, el Presidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros declaró Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional como consecuencia del pronunciamiento de la Organización Mundial de la Salud de la pandemia de coronavirus COVID-19; el cual fue ratificado por Decreto Número 8-2020 del Congreso de la República de Guatemala, publicado en el Diario Oficial de Centro América el veintiuno de marzo del año en curso.


POR TANTO

En el ejercicio de la función que le confiere el Artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos: 27 literales a) y m) de la Ley de Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, 24 del Decreto Número 1528 del Congreso de la República de Guatemala, Acuerdo Ministerial Número 69-2018 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, de fecha cinco de marzo del año dos mil dieciocho.


ACUERDA

 
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