ACTA MUNICIPAL  06-2023.14

Se acuerda prorrogar la vigencia del Acuerdo Municipal decretado en el Punto Resolutivo vigésimo noveno, del Acta número 50-2022 de fecha 14 de noviembre del año 2022.


ACTA NÚMERO 06-2023 PUNTO DÉCIMO CUARTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE ESQUIPULAS, DEPARTAMENTO DE
CHIQUIMULA.

CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas No. 87, de Sesiones del Concejo Municipal, en el cual aparece asentada el Acta número 06-2023 de fecha seis de febrero del año dos mil veintitrés, en donde aprobaron el punto resolutivo número DÉCIMO CUARTO, el que copiado literalmente establece: "DÉCIMO CUARTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ESQUIPULAS, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala prevé que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas y que, entre otras funciones, les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; y para tal efecto emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos; y que conforme al Código Municipal, el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y decisión de los asuntos municipales, siendo el responsable del ejercicio de la autonomía municipal.


CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Esquipulas, Chiquimula, por medio de su Concejo Municipal, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 105 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas, se encuentra legitimada para eximir de pago de arbitrios o tasas, así como condonar o rebajar multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos.


CONSIDERANDO:

Que lo dispuesto en el Punto Resolutivo Vigésimo Noveno del Acta número 50-2022 de fecha catorce de noviembre del año dos mil veintidós, Libro de Actas No. 86 de Sesiones del Concejo Municipal y publicado en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2022, no se dio a conocer a los usuarios y/o contribuyentes municipales e infractores municipales por todos los medios de comunicación y difusión posibles, incluyendo los portales electrónicos de la Municipalidad de Esquipulas, Chiquimula, persistiendo la causa de alta morosidad que lo originó en concepto de deuda de multas de tránsito, deuda de multas del Impuesto Único Sobre Inmuebles y deuda de la tasa en concepto de excesos en el servicio de agua.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 33, 35, y 42 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas.


ACUERDA:

 
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