ACUERDO GUBERNATIVO  98-2024

Se acuerda aprobar la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del Instituto Nacional de Estadística -INE-, para el ejercicio fiscal 2024.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 98-2024

Guatemala, 20 de junio de 2024

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.

CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO

Que por medio del Acuerdo Gubernativo Número 287-2023 del 14 de diciembre de 2023 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto Nacional de Estadística -INE-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, por la cantidad de Q71,500,000 y en función de lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 1-2024 del 1 de enero de 2024 que aprobó la Distribución Analítica del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2024, Artículo 23, las Entidades Descentralizadas a las cuales les fue aprobado su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2024 por medio de Acuerdo Gubernativo, deberán presentar los ajustes al mismo, con el fin de guardar consistencia con el aporte de la Administración Central aprobado en el Decreto Número 54-2022 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintitrés vigente para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro y sus ampliaciones contenidas en los Decretos números 1-2023, 5-2023 y 10-2023.

CONSIDERANDO

Que el Instituto Nacional de Estadística -INE-, solicita autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, en la cantidad de DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE QUETZALES (Q1 7,942,812), aprobada por la Junta Directiva de ese Instituto por medio de Resolución JD INE Número 14-13-2024, contenida en el Acta JD 13-2024, de la sesión celebrada el 18 de abril de 2024, con el propósito de incorporar el monto necesario para equiparar el aporte que recibe del Ministerio de Economía, destinado a varios grupos de gasto, incluido el pago correspondiente a la Contraloría General de Cuentas derivado de la presente ampliación.

CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades superiores del Instituto Nacional de Estadística -INE-, serán autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto; por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiendo la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.

CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 124 del 03 JUN 2024, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 093-2024 del 03 JUN. 2024, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que 1c confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;

ACUERDA

 
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