DECRETO DEL CONGRESO  37-76

Aprueba el Convenio sobre Protección de los Artistas Intérpretes y Productos de Fonogramas y Órganos de Radiodifusión firmado en Roma el 26 de octubre de 1961.

DECRETO NUMERO 37-76

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 26 de octubre de 1961, fue firmado en Roma, la Convención sobre la protección de los Artistas, Intérpretes y Ejecutantes, los productores de Fonogramas y los Organismos de Difusión, por la cual se prohibe la reproducción de los fonogramas y las producciones artísticas relacionadas con esta rama;

CONSIDERANDO:

Que sobre el expediente relacionado, se obtuvo opinión favorable del Honorable Consejo de Estado y que el mismo no contraviene ninguna norma constitucional ni legal vigente en nuestro país,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere los incisos 1º., y 14 del Artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

 
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