DECRETO DEL CONGRESO 37-76
Aprueba el Convenio sobre Protección de los Artistas Intérpretes y Productos de Fonogramas y Órganos de Radiodifusión firmado en Roma el 26 de octubre de 1961.
DECRETO NUMERO 37-76
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 26 de octubre de 1961, fue firmado en Roma, la Convención sobre la protección de los Artistas, Intérpretes y Ejecutantes, los productores de Fonogramas y los Organismos de Difusión, por la cual se prohibe la reproducción de los fonogramas y las producciones artísticas relacionadas con esta rama;
CONSIDERANDO:
Que sobre el expediente relacionado, se obtuvo opinión favorable del Honorable Consejo de Estado y que el mismo no contraviene ninguna norma constitucional ni legal vigente en nuestro país,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere los incisos 1º., y 14 del Artículo 170 de la Constitución de la República,
DECRETA:
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