ACUERDO MINISTERIAL  2063-2025

Se acuerda crear el Centro de atención integral para hijos e hijas de los trabajadores de la planta central del Ministerio de Educación.


ACUERDO MINISTERIAL 2063-2025

Guatemala, 26 de mayo de 2025


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece la obligación del Estado de garantizar la protección social, económica y jurídica de la familia, y de velar por el derecho a la salud, educación, seguridad y previsión social de las y los menores de edad, fomentando así el desarrollo integral de la infancia. Asimismo, establece la obligación de propiciar las condiciones necesarias para que la clase trabajadora cuente con instalaciones adecuadas para la atención de sus hijos e hijas, fomentando así la conciliación de la vida laboral y familiar, la igualdad de oportunidades y el ejercicio pleno de los derechos de la niñez.


CONSIDERANDO:

Que el Código de Trabajo, Decreto Número 1441 del Congreso de la República, en concordancia con las normativas internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), promueve la adopción de medidas de bienestar social y familiar para los trabajadores, incentivando la creación de espacios que contribuyan al cuidado y desarrollo de sus hijas e hijos.


CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Gestión de Calidad Educativa -DIGECADE-, en el marco de sus atribuciones legales y técnicas, ha impulsado la creación de un Centro de Atención Integral para la Primera Infancia, con el propósito de beneficiar específicamente a los hijos e hijas de los servidores públicos de la planta central del Ministerio de Educación, brindándoles un espacio seguro, inclusivo y de formación inicial; y, que resulta necesario emitir la disposición normativa que formalice su creación, organización y funcionamiento, a efecto de garantizar la protección y atención de la niñez, así como facilitar a las trabajadoras y los trabajadores el cuidado y el desarrollo de sus hijos e hijas durante su jornada laboral.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 10 y 11 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.


ACUERDA:


CREAR EL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA HIJOS E HIJAS DE LOS
TRABAJADORES DE LA PLANTA CENTRAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN


CAPÍTULO I
CREACIÓN Y OBJETIVOS DEL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA HIJOS E HIJAS DE
LOS TRABAJADORES DE LA PLANTA CENTRAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

 
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