ACUERDO COM-25-2025
Reglamento para la Operación y Prestación de Servicios del Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo Urbano en el municipio de Guatemala.
ACUERDO No. COM-25-2025
REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO URBANO
EN EL MUNICIPIO DE GUATEMALA
Hoja No. 5
ACUERDO No. COM-25-2025
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el artículo 68 literal c) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 y el artículo 7 de la Ley de Transporte, Decreto Número 253, ambos del Congreso de la República de Guatemala, los municipios son instituciones autónomas a los que, entre otras atribuciones, les corresponde la prestación de los servicios públicos locales, y les compete la regulación de los servicios de transporte urbano de pasajeros y carga, así como de sus terminales locales.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 67 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, el municipio puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio, como lo es el Servicio de Transporte Público Colectivo Urbano.
CONSIDERANDO
Que el aumento en el número de vehículos y su concentración en el municipio de Guatemala y sus áreas de influencia urbana exige a la Municipalidad de Guatemala emitir disposiciones reglamentarias que regulen eficazmente la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo Urbano, garantizando su funcionamiento eficiente de manera integral y sostenible.
CONSIDERANDO
Que, para optimizar los recursos municipales y aprovechar las economías de escala, se ha identificado la necesidad de fusionar la fuerza fiscalizadora de la Superintendencia de Transporte Público dentro de la estructura administrativa de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala -EMETRA- para que fiscalice el cumplimiento de los contratos de los operadores de transporte público autorizados por la Empresa Municipal de Transporte de la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia Urbana -EMT-.
CONSIDERANDO
Que, con el fin de optimizar los recursos financieros, técnicos, operativos y humanos y la implementación de sistemas innovadores de gestión en la prestación de servicios públicos, es necesario implementar estructuras matriciales entre la Municipalidad de Guatemala y sus Empresas.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 33, 35 literales e), i), j) y n) y 42 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y el artículo 7 de la Ley de Transporte, Decreto Número 253 del Congreso de la República de Guatemala.
Hoja No. 6
ACUERDO No. COM-25-2025
ACUERDA:
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO URBANO
EN EL MUNICIPIO DE GUATEMALA
CAPÍTULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
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