ACTA MUNICIPAL  07-2025.8

Plan de tasas de la Municipalidad de El Estor Izabal.

ACTA NÚMERO 07-2025, PUNTO OCTAVO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE EL ESTOR, DEL DEPARTAMENTO DE IZABAL. DE CONFORMIDAD CON LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL CÓDIGO MUNICIPAL EN VIGENCIA DECRETO NUMERO 12-2002, EN SU ARTICULO 84 LITERAL "B" CERTIFICA HABER TENIDO A LA VISTA EL LIBRO EN HOJAS MOVILES, DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EN LA QUE SE ENCUENTRA INSCRITA EL ACTA NÚMERO 07-2025, DE FECHA 17 DE FEBRERO DE 2025, EN LA CUAL APARECE EL PUNTO OCTAVO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL ESTOR IZABAL, DEPARTAMENTO DE IZABAL.

CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entré otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.

CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.

CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno y administración del patrimonio e intereses del municipio.

CONSIDERANDO: Que es competencia del Concejo Municipal la fijación de rentas de los bienes municipales y en su caso la determinación de cobros y tasas.

CONSIDERANDO: Que el Plan de Tasas del Municipio de El Estor que incluye las tasas por servicios aprobado en el año 2007 y las modificaciones del año 2017 sus valores obsoletos y no alcanzan a la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.

CONSIDERANDO: Que se hace necesario fijar nuevos valores a las Tasas de los diferentes servicios que presta la municipalidad de El Estor a favor de personas individuales y jurídicas, ajustándose a la realidad económica actual y fundados en el principio de capacidad de pago, logrando un sistema justo y equitativo, que permita obtener los costos de los recursos humanos y materiales que intervienen en los mismos.

POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad:

ACUERDA APROBAR:

EL PLAN DE TASAS DE LA MUNICIPALIDAD DE EL ESTOR IZABAL.

 
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