ACTA MUNICIPAL  24-2025.5

Se acuerda reformar el Reglamento para la administración y funcionamiento de los mercados municipales del municipio de Aguacatán, departamento de Huehuetenango.


ACTA NÚMERO 24-2025, PUNTO QUINTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUACATAN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, CERTIFICA HABER TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS CON REGISTRO M-13-052-25-L, EN EL QUE SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO CERO VEINTICUATRO GUION DOS MIL VEINTICINCO, (24-2025) DE FECHA DIEZ DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO, LA CUAL CONTIENE EL PUNTO QUINTO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE: QUINTO: El Honorable Concejo Municipal del Municipio de Aguacatán departamento de Huehuetenango, CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos; CONSIDERANDO: Que el artículo 68 del Código Municipal establece en su literal a) que es una competencia propia del municipio la prestación del servicio de mercados, y el artículo 72 establece que es competencia de la municipalidad regular y prestar los servicios públicos municipales; CONSIDERANDO: Que se ha recibido solicitud por parte de las Juntas Directivas de vendedores de los mercados Municipales de Aguacatán, departamento de Huehuetenango, en donde plantean entre otras cosas, que actualmente se ven imposibilitados de poder pagar los costos asignados en concepto de renta mensual para locales municipales, puesto que las ventas no han mejorado en los últimos meses, por lo que solicitan que se haga un reajuste en los montos en las distintas tarifas reguladas en el reglamento para la administración y funcionamiento de mercados municipales del Municipio de Aguacatán, departamento de Huehuetenango; POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal, con base en lo considerado y en uso de las facultades que le confieren los artículos 254, y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y de lo preceptuado en los artículos 35 literal a), e), i) y n); 42, 68 literal a) y 72 del Código Municipal ACUERDA:

 
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