ACUERDO DE DIRECTORIO  08-2025

Se acuerda ampliar el Presupuesto de ingresos y egresos del Registro Nacional de las Personas para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco.

ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 08-2025

APROBACIÓN DE AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO UNO AL PRESUPUESTO
DE INGRESOS Y EGRESOS DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS PARA EL EJERCICIO
FISCAL DOS MIL VEINTICINCO

EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-

CONSIDERANDO:

Que conforme los artículos 1, 2 y 48 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas, el Registro Nacional de las Personas es una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, con patrimonio propio constituido por recursos financieros que le asigna el Estado y recursos propios derivados de los servicios que presta; encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación, desde su nacimiento hasta la muerte, así como la emisión del Documento Personal de Identificación.

CONSIDERANDO:

Que conforme los artículos 9 y 15 literal k) de la Ley del Registro Nacional de las Personas, se le atribuye al Directorio, como órgano de dirección superior, la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la institución; en ese mismo sentido, el Acuerdo de Directorio número 53-2024 del Registro Nacional de las Personas, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, en su artículo 13, estipula que cuando sean ampliaciones o disminuciones al presupuesto vigente institucional de ingresos y egresos, deberá contar con la aprobación del órgano de dirección superior en su calidad de Directorio del Registro Nacional de las Personas, mediante emisión del acuerdo respectivo.

CONSIDERANDO:

Que es necesario reflejar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas -RENAP-para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, el impacto que tendrá la ampliación presupuestaria que se deriva de la modificación presupuestaria que fue aprobada mediante Resolución número seis (6) del Viceministerio de Finanzas Públicas del Ministerio de Finanzas Públicas y notificada a través del oficio número DF guion DGAI guion cero cuatrocientos noventa y cuatro guion dos mil veinticinco (DF-DGAI-0494-2025) del veintitrés de enero de dos mil veinticinco de la Dirección Financiera del citado Ministerio, que contiene el detalle de la distribución de los recursos que fueron asignados a favor del Registro Nacional de las Personas en las fuentes de financiamiento once (11) "Ingresos corrientes" y cuarenta y uno (41) "Colocaciones internas", de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del Decreto Número 36-2024 del Congreso de la República de Guatemala "Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egreso del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco", por lo que es necesario realizar una ampliación presupuestaria por un monto de CIENTO VEINTINUEVE MILLONES DE QUETZALES (Q.129,000,000.00), específicamente en la fuente de financiamiento cuarenta y uno (41) "Colocaciones internas", así como incrementar la fuente de financiamiento treinta y dos (32) "Disminución de caja y bancos de ingresos propios" en la cantidad de CINCO MILLONES CIENTO QUINCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS QUETZALES (Q.5,115,966.00) que fueron reportados por el Departamento de Tesorería de la Dirección de Presupuesto mediante oficio número DPR guion DT guion cero doscientos cuarenta y seis guion I guion dos mil veinticinco (DPR-DT-0246-I-2025) del siete de febrero de dos mil veinticinco, por lo que el Presupuesto de la institución para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, se incrementará de un monto de SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE QUETZALES (Q.792,749,637.00), a un presupuesto institucional vigente de NOVECIENTOS VEINTISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TRES QUETZALES (Q.926,865,603.00) para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, dando inicio a la Primera Modificación al Plan Operativo Anual -POA- del presente año.

POR TANTO:

Con base en lo considerado y lo preceptuado en los artículos 1, 9, 10 Bis, 13 y 15 literales c), k) y o); 45, 48 y 49 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas y artículo 13 del Acuerdo de Directorio número 53-2024 del Registro Nacional de las Personas, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco.

ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 208 veces.
  • Ficha Técnica: 11 veces.
  • Imagen Digital: 11 veces.
  • Texto: 8 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu