ACTA MUNICIPAL  53-2024.34

Reglamento de autorización de lotificaciones, parcelamientos, urbanizaciones y cualesquiera otras formas de desarrollo urbano o rural aplicable en el municipio de Nueva Santa Rosa, departamento de Santa Rosa.


ACTA No. 53-2024, PUNTO TRIGÉSIMO CUARTO


LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE NUEVA SANTA ROSA DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.


CERTIFICA:

Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias que celebra el Honorable Concejo Municipal de este lugar en el cual se encuentra asentada el acta No. 53-2024 de fecha treinta de diciembre del año dos mil veinticuatro, en la cual el punto trigésimo cuarto copiado literalmente establece:


PUNTO TRIGESIMO CUARTO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 68 inciso m) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio la autorización de licencias de construcción, modificación y demolición de obras públicas o privadas en la circunscripción del municipio y que, en el municipio de Nueva Santa Rosa, es necesario actualizar las normativas de construcción específicamente de urbanización y lotificación.


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 142 y 147 del Código Municipal establece que las lotificaciones, parcelamientos, urbanizaciones y cualesquiera otras formas de desarrollo urbano o rural que pretendan realizar o realicen deberán contar con la aprobación y autorización de la municipalidad y deben cumplir con los requerimientos establecidos por la municipalidad y, en todo caso, cumplir como mínimo con servicios públicos.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en uso de las facultades que nos confieren los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y Artículos 1, 2, 3, 6, 7, 42, 68 literal m), 142 y 147, del Decreto 12-2002 Código Municipal y sus reformas ACUERDA: Emitir el siguiente:


REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LOTIFICACIONES, PARCELAMIENTOS,
URBANIZACIONES Y CUALESQUIERA OTRAS FORMAS DE
DESARROLLO URBANO O RURAL APLICABLE EN EL
MUNICIPIO DE NUEVA SANTA ROSA,
DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.


TÍTULO I
GENERALIDADES


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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