ACUERDO MINISTERIAL  973-2025

Normativa para la gestión y la administración del Fondo del Programa de Becas para Formación Técnica Laboral en Inglés -PROBEFI-.


ACUERDO MINISTERIAL No. 973-2025

Guatemala, 27 de marzo de 2025


LA MINISTRA DE EDUCACIÓN


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que, los habitantes de la República tienen el derecho y la obligación de recibir la educación inicial, preprimaria, primaria y básica, dentro de los límites de edad que fije la ley, de forma gratuita; asimismo, determina que el Estado promoverá la educación especial, diversificada y extraescolar; y, que proveerá becas y créditos educativos.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 114, del Decreto Número 36-2024, del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco y el Acuerdo Gubernativo Número 45-2025 de fecha 14 de marzo de 2025 crea el Reglamento para el acceso al Fondo del Programa de Becas para Formación Técnica Laboral en Inglés -PROBEFI-, se establece la creación del Programa de Becas de Formación Técnica Laboral en Inglés y el Fondo denominado Fondo del Programa de Becas para Formación Técnica Laboral en Inglés -PROBEFI-, los cuales serán gestionados y administrados por el Viceministerio de Educación Extraescolar y Alternativa, del Ministerio de Educación -MINEDUC-, a través de la Dirección General de Educación Extraescolar -DIGEEX- en coordinación con el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP- y el Crédito Hipotecario Nacional -CHN-.


CONSIDERANDO:

Que el Viceministerio de Educación Extraescolar y Alternativa, del Ministerio de Educación -MINEDUC-, a través de la Dirección General de Educación Extraescolar-DIGEEX-, debe establecer la normativa interna para facilitar la gestión de recursos, formación técnica y otros aspectos operativos y administrativos del Programa, siendo oportuna la emisión del presente acuerdo ministerial, el cual es de estricto interés del Estado.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), c), d), e), f), g) y m) y 33 literales a), c) y e) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 29, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto; 114 del Decreto Número 36-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco; 8, 10, 33 literal q) y 39 literal h), del Decreto Número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.


ACUERDA:

Aprobar la normativa para:


La gestión y la administración del Fondo del Programa de Becas para Formación Técnica Laboral en Inglés -PROBEFI-

 
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