ACUERDO COM-13-2025
Se acuerda exonerar el 30% de las multas de tránsito impuestas en el municipio de Guatemala, siempre que el pago de las mismas se realice dentro de los dos días hábiles siguientes a su imposición.
ACUERDO COM-13-2025
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que los municipios son instituciones autónomas, que entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para cuyo efecto emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo regulado en el articulo 35 literal i) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, son atribuciones del Concejo Municipal, la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en el ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35 literales a), i) y aa) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.
ACUERDA:
Emitir las siguientes disposiciones:
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