ACUERDO MINISTERIAL 119-2025
Se acuerda emitir el normativo que regula el procedimiento de entrega, ejecución y liquidación de los fondos otorgados a los Centros de Apoyo Integral de Mujeres Sobrevivientes de Violencia -CAIMUS-, para el Ejercicio Fiscal 2025.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 119-2025
Guatemala, 28 de febrero de 2025
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común, además de proteger la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de las personas.
CONSIDERANDO
Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como "Convención de Belém do Pará", fue suscrita por el Estado de Guatemala, y aprobada por el Congreso de la República de Guatemala mediante el Decreto Número 69-94, el cual establece en el Artículo 8 literal d) que los Estados Partes deben "suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea el caso, y cuidado y custodia de los menores afectados".
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 22-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, en su Artículo 16 preceptúa que, es obligación del Estado garantizar el acceso, la pertinencia, la calidad y los recursos financieros, humanos y materiales para el funcionamiento de los Centros de Apoyo Integral para la Mujer Sobreviviente de Violencia -CAIMUS-.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 36-2024 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, en el Artículo 133, establece la integración de los aportes a los Centros de Apoyo Integral de Mujeres Sobrevivientes de Violencia -CAIMUS-, dentro del Presupuesto del Ministerio de Gobernación, por un monto de cincuenta y dos millones de quetzales (Q. 52,000,000.00) a favor de dieciocho (18) entidades administradoras de Centros de Apoyo Integral de Mujeres Sobrevivientes de Violencia -CAIMUS-, expresamente individualizadas y en las sumas determinadas en dicho Artículo.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el Artículo 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 4 y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 635-2007 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.
ACUERDA
EMITIR EL NORMATIVO QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE ENTREGA,
EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LOS FONDOS OTORGADOS A LOS CENTROS DE
APOYO INTEGRAL DE MUJERES SOBREVIVIENTES DE VIOLENCIA -CAIMUS-,
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
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