ACUERDO MINISTERIAL  398-2025

Se acuerda crear el Programa de Prevención de Violencia -CUIDA-.


ACUERDO MINISTERIAL No. 398-2025

Guatemala, 11 de febrero de 2025


LA MINISTRA DE EDUCACIÓN


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son deberes del Estado proteger la salud física, mental y moral de los menores de edad, garantizando, entre otros, el derecho a la educación y seguridad; siendo el fin primordial de la educación el desarrollo integral de la persona humana.


CONSIDERANDO:

Que la Ley de Protección integral de la Niñez y Adolescencia, Decreto número 27-2003 del Congreso de la República de Guatemala, establece que es obligación del Estado, adoptar las medidas administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a las niñas, niños y adolescentes contra toda forma de abuso, descuido o tratos negligentes; y, que la Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo No. 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, establece como principios de la educación el respeto a la dignidad de la persona humana y el cumplimiento efectivo de los Derechos Humanos, la conformación de una sociedad justa y democrática en un entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural que preparen a los estudiantes para la convivencia social.


CONSIDERANDO:

La necesidad de prevenir las diferentes formas de violencia que aquejan a la sociedad guatemalteca, a través de actividades que fortalezcan las habilidades sociales de niñas, niños y adolescentes, para propiciar el bienestar y salud mental, así como afrontar las diferencias y conflictos de manera pacífica, respetando los Derechos Humanos y actuando a favor del bien común. Siendo necesaria la creación de un programa que promueva la convivencia respetuosa de los derechos humanos, segura, pacífica y solidaria. El presente Acuerdo Ministerial es de estricto interés del Estado, por lo que su publicación deberá efectuarse sin costo alguno, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12 del Acuerdo Gubernativo número 112-2015, de fecha 26 de marzo del año 2015, del Presidente de la República.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 10 y 11 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.


ACUERDA


CREAR EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE VIOLENCIA CUIDA

 
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