ACTA MUNICIPAL  40-2024.2

Se acuerda tener por recibido el Plan integral de residuos y desechos sólidos comunes para el municipio de Sumpango, departamento de Sacatepéquez.


ACTA NÚMERO 40-2024 PUNTO SEGUNDO


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SUMPANGO, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.


CERTIFICA:

Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas de hojas movibles que documentan las Sesiones EXTRAORDINARIAS del Concejo Municipal de Sumpango, departamento de Sacatepéquez, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, según Cuentadancia No. 2022-300-304-22-001, en el cual aparece el Acta Número: 40-2024, de fecha 07 de diciembre del año 2024, el que copiado literalmente en su punto segundo se lee:

"SEGUNDO: Manifiesta el señor alcalde municipal que, en seguimiento a los procesos de estudio y análisis del plan integral de Residuos y Desechos Sólidos comunes para el municipio de Sumpango, es necesario en la presente reunión luego de haber realizado las observaciones, correcciones y ampliaciones respectivas, aprobar el mismo, por lo que nuevamente se tiene a la vista el documento, mismo que luego de ser leído y conocido íntegramente por el Integrantes del Concejo Municipal del Municipio de Sumpango del departamento de Sacatepéquez, solicita el señor alcalde municipal que el mismo sea sometido a consideración y aprobación. Enterado el Concejo Municipal, después de amplia discusión y por unanimidad de votos y en virtud de que el documento presentado fue objeto de revisión y análisis anteriormente por éste Concejo Municipal, momento en el cual se observaron en el contenido del mismo algunos aspectos que corregir y adicionar para que sea integralmente eficaz y aplicable en el municipio, por lo que Considerando: Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final, para protección del ambiente y reducción de la contaminación por desechos sólidos como una responsabilidad de todos los habitantes del municipio. Por lo tanto, El Concejo Municipal, con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala y artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso a) 72, 73, 74, 75, 100 y 101 del Código Municipal por unanimidad,

 
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