ACTA MUNICIPAL  69-2024.5

Plan de fijación de tasas por servicios administrativos y/o servicios públicos locales, rentas, piso plaza, servidumbres, licencias y multas del municipio Monjas, departamento de Jalapa.

ACTA NÚMERO 69-2024, PUNTO QUINTO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE MONJAS, DEPARTAMENTO DE JALAPA

CERTIFICA:

QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL UBRO DE ACTAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, DE LA MUNICIPALIDAD DE MONJAS. EN EL QUE SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO 69-2024, DE FECHA DOCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, DE SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL EN LA CUAL SE ENCUENTRA INSERTO EL PUNTO QUINTO QUE COPIADO LITERALMENTE ESTABLECE:

"QUINTO: El Honorable Concejo Municipal de la Municipalidad del Municipio de Monjas del Departamento de Jalapa, CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 35 del Código Municipal, dentro de las atribuciones del Concejo Municipal se encuentra "...La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales..." así como "La fijación de rentas de los bienes municipales, sean éstos de uso común o no. la de tasas por servicios administrativos y tasas por servicios públicos locales, contribuciones por mejoras o aportes compensatorios de los propietarios o poseedores de inmuebles beneficiados por las obras municipales de desarrollo urbano y rural. En el caso de aprovechamiento privativo de bienes municipales de uso común, la modalidad podrá ser a titulo de renta, servidumbre de paso o usufructo oneroso...". CONSIDERANDO: Que las tasas que rigen en la actualidad en el Municipio se encuentran reguladas en valores desproporcionados con el costo de los insumos que utiliza la Municipalidad para cubrir la prestación de los servicios administrativos y públicos municipales. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus posteriores reformas, Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad: ACUERDA: I) APROBAR EN CADA UNA DE SUS PARTES: EL PLAN DE FIJACIÓN DE TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y/O SERVICIOS PUBUCOS LOCALES, RENTAS, PISO PLAZA, SERVIDUMBRES, LICENCIAS Y MULTAS DEL MUNICIPIO MONJAS, DEPARTAMENTO DE JALAPA. II) AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL PARA QUE GIRE INSTRUCCIONES A DONDE CORRESPONDA Y SE HAGAN LAS MODIFICACIONES PERTINENTES EN EL SISTEMA SERVICIOS GL, CON EL FIN DE LLEVAR A CABO LO APROBADO EN EL PRESENTE PUNTO DE ACTA. III. AUTORIZAR AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL PARA QUE SE PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL EL PLAN DE FIJACIÓN DE TASAS POR SERVICIOS ADMIISTRATIVOS Y/O SERVICIOS PUBLICOS LOCALES, RENTAS. PISO PLAZA SERVIDUMBRES, LICENCIAS Y MULTAS DEL MUNICIPIO MONJAS. DEPARTAMENTO DE JALAPA. IV. EL PRESENTE ACUERDO ENTRARÁ EN VIGENCIA UN DIA DESPUES DE SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL. V. QUE SE COMPULSE COPIA CERTIFICADA A DONDE CORRESPONDE."

PARA REMITIR A DONDE CORRESPONDE Y PARA LOS USOS LEGALES QUE CONVENGAN EXTIENDO, FIRMO Y SELLO LA PRESENTE, EN UNA HOJA DE PAPEL MEMBRETADO DE LA MUNICIPALIDAD DE MONJAS, EN EL MUNICIPIO DE MONJAS, DEPARTAMENTO DE JALAPA A DIECISIETE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

LICDA. INGRID JANETH DEL MILAGRO RECINOS SANDOVAL
SECRETARIA MUNICIPAL

PLAN DE FIJACIÓN DE TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y/O SERVICIOS PUBLICOS LOCALES, RENTAS, PISO PLAZA,
SERVIDUMBRES, LICENCIAS Y MULTAS DEL MUNICIPIO MONJAS, DEPARTAMENTO DE JALAPA

TÍTULO I
DE LAS TASAS

CAPÍTULO I
POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 
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