ACTA MUNICIPAL  43-2024.11

Se acuerda aplicar el cierre de negocios que tengan identificación como bares, cantinas, refresquerías que tengan venta de bebidas alcohólicas para consumo en su propio establecimiento comercial o en sus alrededores, en todo el municipio de Jutiapa.

*Derogada en su totalidad por el numeral romano IV), del Acta Municipal 02-2025.8

ACTA NÚMERO 43-2024

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE JUTIAPA, DEL DEPARTAMENTO DE JUTIAPA. CERTIFICA Que tiene a la vista el libro de sesiones Públicas Ordinarias con número de Registro ante Contraloría General de Cuentas Trece Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro (13,744) en donde se encuentra el acta de sesión pública Ordinaria número cuarenta y tres guion dos mil veinticuatro (43-2024), de fecha veintidós de octubre del año dos mil veinticuatro. DECIMO PRIMERO: Se tiene a la vista para resolver Oficio No. 265-2024/JAM/CCLL, signado por el Licenciado Ronald Saúl Morales López, Jefe Departamento de Comercio y Licenciada Cecia Carolina Lucero Linares, Juez de Asuntos Municipales de la Municipalidad de Jutiapa, en el cual hacen del conocimiento al Honorable Concejo Municipal que se coordinó citar a propietarios de negocios en donde se expenden bebidas alcohólicas para conocer la legalidad con que operan y según lo verificado algunos no están cumpliendo con los requisitos que exige la ley para su funcionamiento, entre ellos, dictamen favorable (Aval Municipal), como lo establece el artículo 35 literal (z) del Código Municipal. "Emitir el dictamen favorable para la autorización de establecimientos que por su naturaleza estén abiertos al público, sin el cual ninguna autoridad podrá emitir la licencia respectiva"... y el Decreto 56-95 del Congreso de la República de Guatemala. Por lo que se somete a consideración del Honorable Concejo Municipal para que delibere y resuelva lo que corresponda. CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Honorable Concejo Municipal, el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad del patrimonio, garantizar sus intereses en base a sus demandas y necesidades de la población, quien tiene la facultad de regular a las áreas dentro del municipio, sobre el funcionamiento de negocios que por su naturaleza estén abiertos al público, con fin de velar por el bienestar de la población. POR TANTO: en base a lo considerando, el Honorable concejo Municipal, con las facultades que le confieren los artículos 7 del Código de Trabajo, Artículos 253, 254, de la Constitución Política de la República y los artículos 1, 2, 3, 5, 33, 35, inciso a, i, z, 68 inciso j, artículos 52, 53 del Decreto Legislativo 12-2002 del Congreso de la República (Código Municipal), y del Decreto 56-95 del Congreso de la República de Guatemala, por unanimidad de votos ACUERDA:

 
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