ACUERDO DE DIRECTORIO 41-2024
Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de ingresos y egresos del Registro Nacional de las Personas para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticuatro.
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 41-2024
APROBACIÓN DE AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO UNO AL PRESUPUESTO DE
INGRESOS Y EGRESOS DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS PARA EL EJERCICIO
FISCAL DOS MIL VEINTICUATRO
EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-
CONSIDERANDO:
Que conforme los artículos 1, 2 y 48 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas, el Registro Nacional de las Personas es una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, con patrimonio propio constituido por recursos financieros que le asigna el Estado y recursos propios derivados de los servicios que presta; encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación, desde su nacimiento hasta la muerte, así como la emisión del Documento Personal de Identificación.
CONSIDERANDO:
Que conforme los artículos 9 y 15 literal k) de la Ley del Registro Nacional de las Personas, se le atribuye al Directorio, como órgano de dirección superior, la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la institución; en ese mismo sentido, el Acuerdo de Directorio número 71-2023 del Registro Nacional de las Personas, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro, en su artículo 13, estipula que cuando sean ampliaciones o disminuciones al presupuesto vigente institucional de ingresos y egresos, deberá contar con la aprobación del órgano de dirección superior en su calidad de Directorio del Registro Nacional de las Personas, mediante emisión de acuerdo respectivo.
CONSIDERANDO:
Que es necesario reflejar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas -RENAP-para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro, el impacto que tendrá la ampliación presupuestaria aprobada mediante el Decreto número 17-2024 del Congreso de la República de Guatemala, a favor de los recursos de la institución, específicamente en la fuente de financiamiento once (11) "Ingresos Corrientes", y en consecuencia dar estricto cumplimiento al Acuerdo Gubernativo del Presidente de la República de Guatemala número 143-2024 que aprueba la Distribución Analítica del Presupuesto de la Ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticuatro, por lo que el Presupuesto de la institución para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro considerando la Disminución Presupuestaria número dos, se incrementará de un monto vigente de QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DOS QUETZALES (Q.534,067,702.00) a un presupuesto institucional de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO QUETZALES (Q.584,459,665.00), para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y lo preceptuado en los artículos 1, 9, 10 Bis, 13 y 15 literales c), k) y o); 45, 48 y 49 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas y artículo 13 del Acuerdo de Directorio número 71-2023 del Registro Nacional de las Personas, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticuatro.
ACUERDA:
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