RESOLUCIÓN  175/2024

Resuelve aprobar el "Plan Maestro Parque Regional y área natural recreativa Volcán Suchitán, Primera Actualización".

RESOLUCIÓN 175/2024

SECRETARÍA EJECUTIVA
CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS

Guatemala, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro.-

Se tiene a la vista para resolver el expediente administrativo No. 2023-55393 que contiene la solicitud de aprobación del documento "Plan Maestro Parque Regional y Área Natural Recreativa Volcán Suchitán, Primera Actualización" ubicado en el municipio de Santa Catarina Mita, departamento de Jutiapa.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 50-99 del Congreso de la República de Guatemala, fue categorizado y delimitado el área protegida denominada Parque Regional y Área Natural Recreativa "Volcán de Suchitán", lo cual atribuye a dicha área un estatus de protección jurídica privilegiado por parte del Estado, dándole carácter de utilidad pública e interés social para la conservación del patrimonio natural de la Nación.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, el manejo de cada una de las áreas del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas -SIGAP- estará definido por su respectivo plan maestro, que deberá ser registrado, aprobado y supervisado por la Secretaría del CONAP para verificar que se cumple con los propósitos de conservación de la ley.

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, se ha presentado la propuesta de Actualización del Plan maestro del Parque Regional y Área Natural Recreativa "Volcán de Suchitán", la cual ha sido objeto de estudio y dictamen favorable por las dependencias siguientes: a) Dirección Regional Sur Oriente de la Secretaría Ejecutiva del CONAP, según consta en Dictamen Técnico-Legal Conjunto 09-2023 DRSO/LEMV/frma/pvmm de fecha 1 de agosto de 2023; b) la Dirección de Desarrollo del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas -DDSIGAP- de la Secretaría Ejecutiva del CONAP, según Dictamen Técnico DDSIGAP 014/2024/LSPL-mrcb de fecha 14 de agosto de 2024; y c) Unidad de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Jurídico UAJ-118/2024 Ref. SMSM/da de fecha 19 de agosto de 2024, por lo que deviene emitir la disposición legal correspondiente.

POR TANTO

Con base en las consideraciones expuestas, artículos citados y en lo que para el efecto establecen los artículos 64 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 7, 8, 20, 59, 62 y 70 de la Ley de Áreas Protegidas Decreto 4-89 del Congreso de la República de Guatemala; 8, 17 y 22 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, Acuerdo Gubernativo No. 759-90; y la Resolución 01-04-2012 de fecha 1 de febrero de 2012 emitida por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas que contiene la actualización de los lineamientos para la Elaboración de Planes Maestros de Áreas Protegidas del Sistema Guatemalteco de Áreas protegidas, y sus anexos.

ESTA SECRETARÍA

RESUELVE:

 
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