ACUERDO GUBERNATIVO 145-2024
Se acuerda aprobar la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del Instituto Nacional de Estadística -INE-, para el ejercicio fiscal 2024.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 145-2024
Guatemala, 19 de septiembre de 2024
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional de Estadística -INE-, solicita autorización para una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, en la cantidad de NUEVE MILLONES NOVENTA Y DOS MIL OCHENTA QUETZALES (Q9,092,080), aprobada por la Junta Directiva de ese Instituto por medio de Resolución JD INE No. 24-21-2024, contenida en el Acta JD 21-2024, de la sesión celebrada el 19 de junio de 2024, con el propósito de incorporar Ingresos propios derivados del Convenio Interinstitucional entre ese Instituto y el Banco de Guatemala para la elaboración de la Encuesta Nacional de Empleo e Ingresos Continua -ENEIC-, los cuales se utilizarán principalmente para el pago de honorarios por servicios técnicos, profesionales y consultores para la revisión de procesos, servicios de capacitación, impresión y divulgación, compra de uniformes, mochilas, viáticos, arrendamiento de medios de transporte, equipo de cómputo; entre otros, para llevar a cabo la referida Encuesta; así como, el aporte correspondiente a la Contraloría General de Cuentas derivado de la presente ampliación.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores del Instituto Nacional de Estadística -INE-, son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto; por lo que, quedan responsables de la ampliación presupuestaria propuesta y de la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 211 del 30 AGO 2024, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 172-2024 del 03 sep. 2024, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;
ACUERDA
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