RESOLUCIÓN SAT-DSI-1166-2024
Se resuelve autorizar a la entidad DHL Global Forwarding (Guatemala), Sociedad Anónima, la prórroga por el plazo de 15 años, para continuar operando como Auxiliar de la Función Pública Aduanera.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
NÚMERO SAT-DSI-1166-2024
EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 literal b) del Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, regula que a la Superintendencia de Administración Tributaria le corresponde administrar el sistema aduanero de la República y facilitar el comercio exterior de conformidad con la ley y con los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, y ejercer las funciones de control de naturaleza paratributaria o no arancelaria, vinculadas con el régimen aduanero;
CONSIDERANDO:
Que los artículos 18 al 21, 26 y 27 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -CAUCA-, regulan lo relativo a los Auxiliares de la Función Pública Aduanera, y conforme los artículos 56 último párrafo, 60, 62, 66, 67, 68, 70, 73, 107 al 117 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -RECAUCA-, establecen las disposiciones referentes a autorización, condiciones, requisitos, obligaciones y procedimientos de operación que le corresponden al Depósito Aduanero. Asimismo, el artículo 111 de dicho Reglamento, establece que el plazo de autorización para establecer y operar un depósito aduanero será de quince años prorrogable por períodos iguales y sucesivos a petición del depositario, el cual se concederá previa evaluación por parte del Servicio Aduanero del desempeño de actividades realizadas por el depositario;
CONSIDERANDO:
Que la entidad DHL GLOBAL FORWARDING (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA, con Número de Identificación Tributaria -NIT- 1277571-1 y Código de Operación CM1, fue autorizada como Depósito Aduanero Público para el almacenamiento, custodia y conservación de mercancías, mediante el Acuerdo No. 418-2006 de la Superintendencia de Administración Tributaria, publicado el 4 de mayo de 2006 en el Diario de Centro América, por un plazo de quince (15) años, contado a partir del 5 de mayo de 2006;
CONSIDERANDO:
Que el 8 de abril de 2021, la entidad DHL GLOBAL FORWARDING (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su Vicepresidente del Consejo de Administración y Representante Legal, presentó solicitud de autorización de prórroga por un período igual y sucesivo, antes del vencimiento del plazo de los quince (15) años autorizados, como Auxiliar de la Función Pública Aduanera en su calidad de Depósito Aduanero Público; cumpliendo con la obligación de presentar la garantía anual correspondiente y requisitos generales y específicos que exige la ley; asimismo, la entidad DHL GLOBAL FORWARDING (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA tiene por cumplido la obligación de presentar la garantía anual correspondiente;
CONSIDERANDO:
Que se realizó visitas de inspección a las instalaciones de la entidad DHL GLOBAL FORWARDING (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA, con el objetivo de verificar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 60 y 111 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -RECAUCA-; en consecuencia, la Intendencia de Aduanas, las Gerencias de Infraestructura, de Seguridad Institucional y Regional Central de manera conjunta emitieron los Informes de Visita Conjunta INF-SAT-IAD-DGA-UCRCAFP-019-2021 de fecha 27 de abril de 2021, INF-SAT-IAD-DGA-UCRCAFP-33-2021 de fecha 31 de agosto de 2021, e, INF-SAT-IAD-DGA-UAA-13-2022 de fecha 2 de marzo de 2022, en este último se concluyó que las acciones pertinentes y requeridas, fueron concluidas de forma satisfactoria, por lo que, se recomienda proseguir con el trámite que corresponda para la prórroga de los quince (15) años por un período igual y sucesivo solicitado por la entidad DHL GLOBAL FORWARDING (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA, con el fin que la misma continúe operando como Auxiliar de la Función Pública Aduanera, en calidad de Depósito Aduanero Público;
CONSIDERANDO:
Que el Dictamen Conjunto DCC-SAT-57-2024 de fecha 31 de mayo de 2024, las Intendencias de Aduanas y de Asuntos Jurídicos; y la Secretaría General de manera conjunta opinan: "Que es legal y técnicamente viable autorizar a la entidad DHL Global Forwarding (Guatemala), Sociedad Anónima, la prórroga de quince (15) años como Auxiliar de la Función Pública Aduanera para continuar operando como Depósito Aduanero Público.
POR TANTO:
Con base a lo considerado, leyes citadas y con fundamento en los artículos 3 literal b), 22 literal b) y 23 literales a), b) y d) del Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; Decreto Número 14-2013 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Nacional de Aduanas; Código Aduanero Uniforme Centroamericano -CAUCA-; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -RECAUCA-; y, 24 numeral 2) y 25 numerales 1) y 2) y 31 del Acuerdo de Directorio Número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria;
RESUELVE:
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