OFICIO CIRCULAR 02-2024
Directrices Presidenciales aplicables a la asignación y uso de vehículos oficiales del Organismo Ejecutivo.
OFICIO CIRCULAR NÚMERO 02-2024
Para: Entidades y dependencias que integran el Organismo Ejecutivo
De:
BERNARDO AREVALO DE LEON
Presidente Constitucional de la República
Asunto:
Directrices presidenciales aplicables a la asignación y uso de vehículos
oficiales del Organismo
Ejecutivo.
Fecha: 22 de abril de 2024
De conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, así como la normativa legal en materia presupuestaria, la transparencia y la eficiencia en el manejo de los recursos públicos son pilares fundamentales dentro de la administración gubernamental.
En tal sentido, dada la necesidad de utilizar vehículos oficiales para el cumplimiento de las funciones de las entidades del Organismo Ejecutivo, resulta preciso emitir directrices que rijan su asignación y uso, con el fin de asegurar el apego irrestricto a los principios de probidad, transparencia, legalidad, primacía del interés público y prudencia en la gestión de los recursos estatales para fortalecer los cimientos de una administración pública ética y responsable.
Por lo anterior, en ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, se emiten las siguientes:
DIRECTRICES PRESIDENCIALES
APLICABLES A LA ASIGNACIÓN Y USO DE VEHÍCULOS OFICIALES DEL
ORGANISMO EJECUTIVO
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