ACUERDO MINISTERIAL 295-2024
Se acuerda crear la Agencia de Atracción de Inversión Nacional y Extranjera, en adelante identificada como "la Agencia" con el propósito de promover la atracción de inversión nacional y extranjera en Guatemala y la atención al inversionista.
ACUERDO MINISTERIAL 295-2024
Guatemala,16 de abril de 2024
LA MINISTRA DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta a los Ministros de Estado para ejercer Jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; así como para dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ramo y velar por el estricto cumplimiento de las leyes, además es deber del Estado garantizar el desarrollo integral de sus habitantes, así como su obligación el proteger la formación de capital, el ahorro y la inversión
CONSIDERANDO
Que, de a la Ley del Organismo Ejecutivo confiere a los Ministros de Estado la autoridad y competencia para abordar los asuntos relacionados con su ramo, incluyendo la emisión de acuerdos, resoluciones y otras disposiciones pertinentes, que, la Política General de Gobierno reconoce que es necesario la creación de empleo digno, respetando los derechos de los trabajadores, como parte de un aumento sustancial de Ja inversión en todo el país, con atención especial a las áreas rurales más vulnerables.
CONSIDERANDO
Que, el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Economía, Acuerdo Gubernativo No. 211-2019, en su artículo 4, literal b) confiere al Ministerio de Economía la función de formular y ejecutar dentro del marco jurídico vigente, la política de inversión nacional y extranjera, de promoción de la competitividad, del desarrollo industrial y comercial, y proponer las directrices para su ejecución; y en sus artículos 10 y 12, delega en el Viceministerio de inversión y Competencia, y especialmente en la Dirección de Servicios al Comercio y la Inversión esas funciones.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que Je asignan los artículos 1 94 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 25 y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 4 y 5 literal f) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Economía, Acuerdo Gubernativo 211-19.
ACUERDA
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