ACTA MUNICIPAL 037-2024.5
Se acuerda ordenar el cierre de bares y discotecas para los días Jueves Santo y Viernes Santo del año 2024, en el Municipio de Antigua Guatemala.
ACTA NÚMERO 037-2024 PUNTO QUINTO
El Infrascrito Secretario Municipal de la Municipalidad de Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez
CERTIFICA:
Haber tenido a la vista el libro de Actas del Concejo Municipal en el cual aparece el acta de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Concejo Municipal número cero treinta y siete guion dos mil veinticuatro (037-2024) de fecha diecinueve de marzo del año dos mil veinticuatro, punto quinto. Que en su parte conducente textualmente dice:
MUNICIPALIDAD DE ANTIGUA GUATEMALA
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ANTIGUA GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que, en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas el gobierno y la administración de sus intereses, debiendo prevalecer siempre el interés común sobre el particular.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la ciudad de Antigua Guatemala se encuentra sometida a régimen especial de conservación, que obliga tanto al Gobierno Central como al Gobierno Municipal, a tomar todas aquellas medidas tendientes a asegurar su conservación y protección como patrimonio cultural de la humanidad, a resguardar la seguridad y promover el bienestar general y el bien común, la preservación y promoción de los derechos de los vecinos, su identidad cultural de acuerdo a sus valores, tradiciones y costumbres y la promoción y protección de los recursos renovables y no renovables del municipio
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Concejo Municipal la deliberación y decisión de gobierno y la administración del patrimonio e intereses del Municipio, que entre sus atribuciones están obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios mediante la emisión de ordenanzas y reglamentos respectivos, conforme a lo establecido en la ley.
CONSIDERANDO:
Que, con el fin de dar cumplimiento a la obligación de la Municipalidad de Antigua Guatemala de velar por el ordenamiento y la regularización del horario en que los establecimientos pueden estar abiertos al público en el Municipio de Antigua Guatemala, de acuerdo con el principio de hacer prevalecer el criterio de promover los usos que no riñan con la vocación residencial, cultural y turística de la ciudad de Antigua Guatemala;
CONSIDERANDO:
Que, en aras de preservar el orden público, proteger la moralidad y el bienestar común de los habitantes del municipio, se considera necesario adoptar medidas que regulen el funcionamiento de los establecimientos comerciales, en particular los bares y discotecas, durante los días de celebración de Semana Santa, en concordancia con las tradiciones religiosas arraigadas en la comunidad y en ejercicio de la autonomía municipal conferida por la ley. por lo que se hace conveniente el cierre temporal de bares y discotecas durante los días de Semana Santa.
POR TANTO:
En uso de las facultades legales que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 7, 9, 33, 35 literales a), b), e), i) y m), 42, 67 y 68 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas,
ACUERDA:
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