ACTA MUNICIPAL  018-2024.2

Se acuerda aprobar la modificación de los artículos 17, 35, 36 y 37 del Reglamento de transporte del Municipio de Chahal, Alta Verapaz.


ACTA NÚMERO 018-2024 PUNTO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE CHAHAL, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ; CERTIFICA: QUE PARA SU EFECTO TIENE A LA VISTA HOJAS MOVIBLES, QUE CONTIENEN ACTAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL EN LAS QUE SE ENCUENTRA EL PUNTO SEGUNDO DEL ACTA NÚMERO CERO DIECIOCHO GUION DOS MIL VEINTICUATRO (018-2024) DE FECHA VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, DE SESIÓN EXTRAORDINARIA, QUE COPIADO LITERALMENTE ESTABLECE:

""SEGUNDO. EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CHAHAL, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, APRUEBA MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE CHAHAL, ALTA VERAPAZ EN LOS ARTICULOS 17, 35, 36 Y 37 Y APRUEBA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO DE CENTRO AMÉRICA; El profesor Dolan Marco Tulio Cantoral Prado Alcalde Municipal y el Honorable Concejo Municipal del municipio de Chahal, Alta Verapaz, entran a conocer el contenido del REGLAMENTO DE TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE CHAHAL, ALTA VERAPAZ principalmente los Artículos 17, 35, 36 y 37; los cuales al conocerlos se determina que es necesario actualizarlos a la realidad económica del municipio, siendo procedente realizar su publicación en el Diario de Centro América. Por lo que tras el intercambio de ideas, opiniones y sugerencias; y CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, bienes, garantizar sus recursos con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de sus recursos, teniendo como base el control de la administración, la aplicación adecuada y justa del actual reglamento, siendo prioritaria la atención de la problemática de los diferentes servicios de trasporte público del municipio de Chahal, Alta Verapaz, lo cual es importante presentar diferentes alternativas para la prestación adecuada de dicho servicio. CONSIDERANDO: Que por imperativo constitucional, les corresponde a las Municipalidades del país la prestación de servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su Jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios y la necesidad que tiene el municipio de Chahal departamento de Alta Verapaz, de regular y ordenar el transporte dentro de su jurisdicción y cumplir sus fines propios de tránsito; y siendo atributo de la Corporación Municipal, la emisión de reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus dependencias de servicio. CONSIDERANDO: Que es necesario modernizar el ordenamiento territorial de la administración pública, para atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Por lo cual son competencias propias del municipio delegadas en la Municipalidad regular los servicios de transporte de pasajeros y de carga y sus terminales locales, para garantizar la buena marcha de la administración municipal como parte de su autonomía municipal. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 224 y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2,3,5, 9, 35 incisos a), b), d), i) y z), 67, 68, inciso d), 72, 142 inciso a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso del Republica, y 31 y 32 de la Ley de Tránsito, Artículo 186. ACUERDA:

I) Aprobar la modificación de los Artículos 17, 35, 36 y 37 del REGLAMENTO DE TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE CHAHAL, ALTA VERAPAZ, como se describen a continuación:

 
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