ACUERDO  COM-05-2024

Se acuerda reformar el Reglamento de ordenamiento territorial para la organización y participación comunitaria, Acuerdo 25-2000, de fecha 25 de octubre del año 2000 y sus reformas.

ACUERDO COM-05-2024

El CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el articulo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo dispuesto en el artículo 35 incisos a) e i) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 3 y 6 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza a los municipios, es facultad de la autoridad municipal, el gobierno y administración de sus intereses, de manera eficaz y eficiente.

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 56 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, dispone que las Alcaldías Auxiliares son entidades representativas de las comunidades, en especial para la toma de decisiones y como vínculo de relación con el gobierno municipal, disponiendo sus atribuciones en el artículo 58 de dicha ley.

CONSIDERANDO:

Que el Concejo Municipal mediante Acuerdo COM-25-2000 de fecha 25 de octubre del año 2000 emitió el Reglamento de Ordenamiento Territorial para la Organización y Participación Comunitaria, con el fin de lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos disponibles en beneficio de la comunidad, estableciendo un vínculo entre las autoridades municipales y los vecinos, a través de los Alcaldes Auxiliares, con el objetivo de atender de una manera adecuada y coadyuvar a solucionar las necesidades de las comunidades, tomando en cuenta la extensión del territorio, la densidad poblacional, el desarrollo urbano y movilidad urbana de cada zona, por lo que es necesario actualizar, dicho Reglamento.

POR TANTO:

Con base en lo considerado y en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 1, 2 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 1, 2, 4, 5, 8, 9, 23, 33 y 35 literales a) e i) del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA:

REFORMAR EL REGLAMENTO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA LA
ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA, ACUERDO 25-2000, DE FECHA 25 DE
OCTUBRE DEL AÑO 2000 Y SUS REFORMAS.

 
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