RESOLUCIÓN  01-2024

Funcionamiento y finalidad del archivo de La Asociación Nacional de Pentatlón Moderno de Guatemala.


RESOLUCIÓN NO. 01-2024

GUATEMALA, 22 de ENERO DE 2024


LA ASOCIACIÓN DE PENTATLÓN MODERNO DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública, se debe garantiza a toda persona interesada, sin discriminación alguna, el derecho a solicitar y a tener acceso a la información pública en posesión de las autoridades y sujetos obligados que manejan recursos del Estado.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 10, numeral 26, de la Ley de Acceso a la Información Pública: los responsables de los archivos de cada uno de los sujetos obligados, deberán publicar, por lo menos una vez al año y a través del Diario de Centro América, un informe sobre: El Funcionamiento y Finalidad del Archivo, sus Sistemas de Registro y Categorías de Información, así como los Procedimientos y Facilidades de Acceso al Archivo de Ley de Acceso a la Información Pública.


POR TANTO:

La unidad de información pública informa sobre el: Funcionamiento y Finalidad, Sistemas de registro, Categorías de Información y Procedimientos y Facilidades de Acceso al Archivo de la Asociación Nacional de Pentatlón Moderno:

FUNCIONAMIENTO Y FINALIDAD:

La Asociación Nacional de Pentatlón Moderno de Guatemala cuenta con una oficina Administrativo-Contable, quienes manejan los documentos originales en los que se refiere al desarrollo administrativo y registros contables de la Asociación. De la misma manera se cuenta con un Cuerpo Técnico quienes manejan todo lo relacionado a los planes técnicos, resultados y registros deportivos sobre Pentatlón Moderno. Se tiene como finalidad mantener los registros vigentes para la consulta de funcionarios, investigadores, estudiantes, instituciones públicas, privadas y público en general.

SISTEMAS DE REGISTRO:

Se cuenta con documentación física en papel.

CATEGORÍAS DE INFORMACIÓN:

La información es pública, exceptuando aquella que fuese entregada con carácter de confidencial y/o reservada.

PROCEDIMIENTOS Y FACILIDADES DE ACCESO AL ARCHIVO:

El acceso a la información contenida en los archivos se hace por medio de la Unidad de Información Pública, personalmente o vía electrónica.

Con base en lo anteriormente considerado, la Asociación como sujeto obligado,


RESUELVE:

 
...
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