RESOLUCIÓN 01-2024
Funcionamiento y finalidad del archivo de La Asociación Nacional de Pentatlón Moderno de Guatemala.
RESOLUCIÓN NO. 01-2024
GUATEMALA, 22 de ENERO DE 2024
LA ASOCIACIÓN DE PENTATLÓN MODERNO DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública, se debe garantiza a toda persona interesada, sin discriminación alguna, el derecho a solicitar y a tener acceso a la información pública en posesión de las autoridades y sujetos obligados que manejan recursos del Estado.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Artículo 10, numeral 26, de la Ley de Acceso a la Información Pública: los responsables de los archivos de cada uno de los sujetos obligados, deberán publicar, por lo menos una vez al año y a través del Diario de Centro América, un informe sobre: El Funcionamiento y Finalidad del Archivo, sus Sistemas de Registro y Categorías de Información, así como los Procedimientos y Facilidades de Acceso al Archivo de Ley de Acceso a la Información Pública.
POR TANTO:
La unidad de información pública informa sobre el: Funcionamiento y Finalidad, Sistemas de registro, Categorías de Información y Procedimientos y Facilidades de Acceso al Archivo de la Asociación Nacional de Pentatlón Moderno:
FUNCIONAMIENTO Y FINALIDAD:
La Asociación Nacional de Pentatlón Moderno de Guatemala cuenta con una oficina Administrativo-Contable, quienes manejan los documentos originales en los que se refiere al desarrollo administrativo y registros contables de la Asociación. De la misma manera se cuenta con un Cuerpo Técnico quienes manejan todo lo relacionado a los planes técnicos, resultados y registros deportivos sobre Pentatlón Moderno. Se tiene como finalidad mantener los registros vigentes para la consulta de funcionarios, investigadores, estudiantes, instituciones públicas, privadas y público en general.
SISTEMAS DE REGISTRO:
Se cuenta con documentación física en papel.
CATEGORÍAS DE INFORMACIÓN:
La información es pública, exceptuando aquella que fuese entregada con carácter de confidencial y/o reservada.
PROCEDIMIENTOS Y FACILIDADES DE ACCESO AL ARCHIVO:
El acceso a la información contenida en los archivos se hace por medio de la Unidad de Información Pública, personalmente o vía electrónica.
Con base en lo anteriormente considerado, la Asociación como sujeto obligado,
RESUELVE:
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