ACTA JD.45.2023.5
Se acuerda modificar el "Reglamento del programa de garantía crediticia para la actividad forestal", aprobado Resolución número JD.04.45.2021 por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques -INAB-.
ACTA NÚMERO JD.45.2023 PUNTO QUINTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL ACTA DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES No. JD.45.2023, DEL VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, LA CUAL EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
ACTA NÚMERO: JD.45.2023... QUINTO: PUNTOS CENTRALES: 5.2 Propuesta de Modificación del Reglamento del Programa de Garantía Crediticia para la Actividad Forestal, para aprobación. (A requerimiento de la Dirección de Industria y Mercadeo Forestal). Seguidamente, los miembros de Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques, deliberaron el asunto sometido a su conocimiento y por unanimidad emiten la RESOLUCIÓN siguiente:
JD.02.45.2023
CONSIDERANDO
Que el Decreto número 101-96 del Congreso de la República, Ley Forestal, creó el Instituto Nacional de Bosques, con carácter de entidad estatal, autónoma, descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa; como el órgano de dirección y autoridad competente del sector Público Agrícola, en materia forestal, con una Junta Directiva como autoridad superior, que le corresponde, entre otras atribuciones, dictar las disposiciones necesarias para el funcionamiento eficiente de la institución y el cumplimiento de sus fines.
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques, en ejercicio de sus atribuciones de dictar las disposiciones necesarias para el funcionamiento eficiente de la institución y el cumplimiento de sus fines, dicto la Resolución número JD.04.45.2021 que contiene el Reglamento del Programa de Garantía Crediticia para la Actividad Forestal, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 82 de la Ley Forestal, con el objeto de implementar el programa para fomentar la actividad forestal.
CONSIDERANDO
Que el Gerente del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, propone modificar el Reglamento del Programa de Garantía Crediticia para la Actividad Forestal, por recomendación del Comité del Programa, que en su Dictamen No. 02-2023, hizo constar en su análisis al proceso de convocatoria de entidades del sistema bancario, del veintidós de agosto del dos mil veintidós, fue recibida únicamente la documentación de la entidad bancaria "Banco de Desarrollo Rural S.A -BANRURAL- habiendo determinado que el requisito establecido en la literal b, del Artículo 10 del citado Reglamento, que se refiere a la "b) Certificación de no estar bajo ningún régimen de excepción, régimen de intervención o sometido a cualquier otra restricción en sus actividades que haya sido impuesta por la Superintendencia de Bancos o la Junta Monetaria, debidamente firmada por el Representante Legal, Jefe del Departamento Jurídico y por el Jefe de Auditoría Interna del Banco.", requisito que según la información de la entidad bancaria y la verificada con la Superintendencia de Banco, le corresponde a esta última emitir, no a la entidad bancaria, además, que la recomendación de la Auditoría Gubernamental de la Contraloría de Cuentas realizada en el periodo de octubre a diciembre del año 2023, debe hacer la modificación propuesta, debido a las deficiencias encontradas y al riesgo que representa la continuidad de los fondos sin ejecutar, debiendo informar a esta comisión de auditoría, de los avances y resultados el día 09 de enero de 2024.
POR TANTO
Con base a lo anteriormente considerado y a lo preceptuado en los Artículos: 1, 2, 12, 28, 29, 119 literales a), c), d), j), 126, 152, 153 y 154 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículos: 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto Número 119-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de lo Contencioso Administrativo; Artículos: 1, 2, 4, 5, 6, 9, 14, 48, 71, 82, 83, 86 y 114 del Decreto Número 101-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Forestal.
RESUELVE
Modificar el "REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE GARANTÍA CREDITICIA PARA LA ACTIVIDAD FORESTAL", aprobado Resolución número JD.04.45.2021 por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques -INAB-.
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