ACUERDO DE DIRECTORIO  70-2023

Se acuerda aprobar la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del Registro Nacional de las Personas para el ejercicio fiscal 2023.

ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 70-2023

APROBACIÓN DE AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO UNO AL PRESUPUESTO DE
INGRESOS Y EGRESOS DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS PARA EL EJERCICIO
FISCAL DOS MIL VEINTITRÉS

EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-

CONSIDERANDO:

Que conforme los artículos 1, 2 y 48 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas, el Registro Nacional de las Personas es una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, con patrimonio propio constituido por recursos financieros que le asigna el Estado y recursos propios derivados de los servicios que presta; encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación, desde su nacimiento hasta la muerte, así como la emisión del Documento Personal de Identificación.

CONSIDERANDO:

Que conforme los artículos 9 y 15 literal k) de la Ley del Registro Nacional de las Personas, se le atribuye al Directorio, como órgano de dirección superior, la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la institución; en ese mismo sentido, el Acuerdo de Directorio número 73-2022 del Registro Nacional de las Personas, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés, en su artículo 13, estipula que cuando sean ampliaciones o disminuciones al presupuesto vigente institucional de ingresos y egresos, deberá contar con la aprobación del órgano de dirección superior en su calidad de Directorio del Registro Nacional de las Personas, mediante emisión de acuerdo respectivo.

CONSIDERANDO:

Que derivado de la ampliación de metas físicas de diversas certificaciones de hechos y actos regístrales emitidas, servicios electrónicos, otros servicios que presta la institución, de conformidad con el Acuerdo de Directorio número 15-2020 del Registro Nacional de las Personas, Tarifario de los servicios que presta el Registro Nacional de las Personas -RENAP-; proyectados por el Registro Central de las Personas y la Dirección Administrativa; así como ingresos por reintegros de seguros y saldos de caja del Departamento de Tesorería de la Dirección de Presupuesto; propuestas por el Departamento de Planificación y Proyectos de la Subdirección de Planificación y Fortalecimiento Institucional de la Dirección de Gestión y Control Interno en la segunda modificación al Plan Operativo Anual para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés de la institución, por lo que es necesario reflejar en el presupuesto de ingresos y egresos de la institución el aumento al monto vigente de QUINIENTOS SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL UN QUETZALES (Q.561,354,001.00) a un presupuesto institucional de QUINIENTOS SETENTA Y UN MILLONES TREINTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO QUETZALES (Q.571,031,145.00) para el ejercicio fiscal dos mil veintitrés.

POR TANTO:

Con base en lo considerado y lo preceptuado en los artículos 1, 9, 10 Bis, 13 y 15 literales c), k) y o); 45, 48 y 49 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Registro Nacional de las Personas y artículo 13 del Acuerdo de Directorio número 73-2022 del Registro Nacional de las Personas, que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil veintitrés.

ACUERDA:

 
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