DECRETO DEL CONGRESO 60-72
Ley Orgánica de la Empresa de Ferrocarriles de Guatemala
Decreto Número 60-72
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la República ha hecho grandes esfuerzos por lograr que la Empresa "Ferrocarriles de Guatemala" -FEGUA- alcance un equilibrio necesario para lograr después su desarrollo, en beneficio de los trabajadores y del Estado mismo;
CONSIDERANDO:
Que no obstante los recursos utilizados en lograr la solvencia de FEGUA, una serie de factores han influido negativamente en tal propósito, y según estudios que se han realizado, es necesario reestructurar dicha Empresa estatal mediante la emisión de una nueva ley que permita un mejor desenvolvimiento de la misma,
POR TANTO,
En cumplimiento de las atribuciones que señala el inciso 1º. del artículo 170 de la Constitución de la República,
DECRETA:
La siguiente
Ley Orgánica de la Empresa de Ferrocarriles
de Guatemala
TITULO I
CAPITULO UNICO
Constitución, naturaleza, duración
y domicilio
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