ACUERDO MINISTERIAL 52-2024
Tarifario de ingresos propios para la Dirección General de Caminos.
ACUERDO MINISTERIAL No. 52-2024
Guatemala, 10 de enero de 2024
EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Gubernativo No. 619-2003, del 10 de octubre de 2003, reformado por el Acuerdo Gubernativo No. 60-2023, de fecha 31 de marzo de 2023, faculta a la Dirección General de Caminos, dependencia del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, para que pueda percibir INGRESOS PROPIOS, derivados de los actos generadores establecidos en dicho acuerdo y la utilización de los ingresos provenientes del mismo.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Gubernativo No. 619-2003, del 10 de octubre de 2003, en su artículo 12, facultó a este Ministerio para establecer y/o modificar las tarifas aplicables contempladas en el artículo 3 de dicho Acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que para hacer efectivos los ingresos propios para la Dirección General de Caminos, para ejecutar con eficiencia y eficacia las funciones que le son inherentes a la misma y en especial reparar los daños ocasionados en la red vial a su cargo, es necesario emitir el Acuerdo Ministerial que establezca y fije las tarifas que la Dirección puede cobrar por los conceptos que determina el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo número 619-2003, reformado por el Acuerdo Gubernativo No. 60-2023.
POR TANTO:
En uso de las funciones que le confiere el Artículo 194, literales a y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 27, literales a), c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 12 del Acuerdo Gubernativo No. 619-2023, reformado por el Acuerdo Gubernativo No. 60-2023.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
TARIFARIO DE INGRESOS PROPIOS PARA LA DIRECCIÓN
GENERAL DE CAMINOS
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
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