ACUERDO GUBERNATIVO  297-2023

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Instituto de Previsión Militar -IPM- para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

*Disminuido el Presupuesto de ingresos y egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, por los artículos 1 y 2 del Acuerdo Gubernativo 186-2024.

*Ampliado el Presupuesto de ingresos y egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, por los artículos 1 y 2 del Acuerdo Gubernativo 257-2024.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 297-2023

Guatemala, 14 de diciembre de 2023


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del Instituto de Previsión Militar -IPM-, con base en lo que establece el Decreto Ley Número 75-84, Ley Orgánica del Instituto de Previsión Militar, Artículo 17, literal c), emitió la Resolución Número SJDah-112-2023 contenida en el Punto Quinto del Acta Número 082-2023 del 11 de julio de 2023, por medio de la cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Instituto de Previsión Militar -IPM-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Articulo 17.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 492 de fecha 11 DIC 2023, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 425-2023 del 13 DIC. 2023 del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q); y, con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40, así como lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada ley Articulo 43.


ACUERDA

 
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