ACUERDO MINISTERIAL  334-2023

Se acuerda aprobar el Plan de Expansión Indicativo del Sistema de Generación 2024-2054.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 334-2023

Guatemala, 29 de diciembre de 2023


EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS


CONSIDERANDO:

Que según lo establecido en el artículo 34 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97, le corresponde al Ministerio de Energía y Minas, atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a la producción, distribución y comercialización de la energía eléctrica.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 3 de la Ley General de Electricidad, Decreto No. 93-96 del Congreso de la República, establece que el Ministerio de Energía y Minas es el órgano responsable del Estado de formular y coordinar las políticas, planes de Estado y programas indicativos relativos al subsector eléctrico.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo preceptuado por el artículo 15 Bis del Reglamento del Administrador del Mercado Mayorista, el Plan de Expansión Indicativo del Sistema de Generación, deberá elaborarse cada dos (2) años y cubrir un horizonte de estudio mínimo de diez (10) años; asimismo, el artículo 65 Bis del Reglamento de la Ley General de Electricidad, establece el procedimiento de licitación para adicionar nueva generación, debiendo tomar en cuenta las necesidades de los Distribuidores y el Plan Indicativo del Sistema de Generación.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 12 del Acuerdo Gubernativo número 112-2015, establece que es de interés del Estado, la publicación del Plan de Expansión Indicativo del Sistema de Generación, función realizada a través de este Ministerio; y con base al artículo 5 del Acuerdo Gubernativo número 141-2008, el presente Acuerdo Ministerial es de observancia general el cual se publica dentro del plazo correspondiente.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 152,154 y 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20, 22, 27 literal m) y 34 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) 5 y 6 literal b) del Acuerdo Gubernativo 382-2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; Acuerdo Ministerial 324-2023 de fecha 18 de diciembre de 2023; Oficio UPEM-555-2023/AP de fecha 15 de diciembre de 2023, emitido por la Unidad de Planeación Energético Minero; Dictamen Técnico número DE-DGE-082/2023 de fecha 27 de diciembre de 2023, realizado por el Departamento de Desarrollo Energético, aprobado por la Dirección General de Energía a través de providencia número DGE-735-2023/ga de esa misma fecha; y Dictamen número UAJ-786-2023 de fecha 29 de diciembre de 2023, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica.


ACUERDA:

 
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