ACUERDO 7-2023
Reglamento Interno de Trabajo -RIT- del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala -CONAMIGUA-.
ACUERDO NÚMERO 7-2023
Guatemala, cinco de diciembre de dos mil veintitrés
EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común, preceptuando lo relativo a los Trabajadores del Estado en la Sección Novena del Capítulo II del Título II.
CONSIDERANDO
Que el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala -CONAMIGUA- fue creado a través del Decreto Número 46-2007 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, con la finalidad de coordinar, definir, supervisar y fiscalizar las acciones y actividades de los órganos y entidades del Estado tendientes a proteger, atender y brindar asistencia y auxilio a los migrantes guatemaltecos y sus familias en Guatemala así como los migrantes que se encuentran en el territorio nacional.
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo número 02-2022 de fecha diecisiete de octubre de dos mil veintidós, el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, aprobó el REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO -RIT- DEL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA -CONAMIGUA-.
CONSIDERANDO
Que es necesario realizar reformas al REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO -RIT-DEL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA -CONAMIGUA-, para viabilizar las gestiones administrativas en cuanto al manejo del personal del CONAMIGUA.
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo Gubernativo número 106-2009, Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, establece: "Artículo 2. Funciones. Además de las funciones establecidas en la ley, compete al Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala: (...) c) Aprobar los reglamentos internos, el manual de puestos y salarios de los funcionarios y trabajadores de CONAMIGUA. (...)".
POR TANTO
En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 2 literal c) del Acuerdo Gubernativo Número 106-2009, Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.
ACUERDA:
Aprobar las siguientes reformas al:
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO -RIT- DEL CONSEJO NACIONAL DE
ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA -CONAMIGUA-
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