ACUERDO GUBERNATIVO  85-2023

Se acuerda adscribir a favor del Organismo Judicial, la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la zona central, para el funcionamiento del Juzgado de Paz del Municipio de San Pedro Ayampuc, Departamento de Guatemala.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 85-2023

Guatemala, 10 de mayo de 2023


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del Expediente Número 2022-5635, opinó de manera favorable respecto a la adscripción a favor del Organismo Judicial, de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 5059, folio 59 del libro 231E de Guatemala, propiedad del Estado de Guatemala, ubicada en el Municipio de San Pedro Ayampuc, Departamento de Guatemala, para el funcionamiento del Juzgado de Paz del Municipio de San Pedro Ayampuc, Departamento de Guatemala; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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