RESOLUCIÓN 25-2023-CD
Reglamento para la asistencia técnica administrativa a grupos Pre-Cooperativos y Cooperativas.
RESOLUCIÓN NÚMERO 25-2023-CD
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que dentro de las obligaciones del Estado se encuentra fomentar y proteger la creación y funcionamiento de cooperativas, proporcionándoles la ayuda técnica y financiera necesaria.
CONSIDERANDO:
Que la Ley General de Cooperativas establece que las cooperativas debidamente constituidas son asociaciones titulares de una empresa económica al servicio de sus asociados, que se rigen en su organización y funcionamiento por las disposiciones de la Ley.
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Cooperativas tiene dentro de sus objetivos, promover la organización de cooperativas y que es atribución institucional proporcionar orientación, asistencia técnica y administrativa a los grupos que tengan el propósito de organizarse en cooperativa.
CONSIDERANDO:
Que conforme al mandato contenido en la Ley General de Cooperativas, el Instituto Nacional de Cooperativas tiene dentro de sus objetivos, promover la organización cooperativa y que es atribución institucional, proporcionar orientación y asistencia técnica y administrativa a los grupos que tengan el propósito de organizarse en cooperativa.
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Cooperativas debe promover la organización de cooperativas de los distintos tipos, conforme a las necesidades de los grupos que lo soliciten o promuevan; y proporcionar asistencia técnica y administrativa a los grupos pre-cooperativos y a las cooperativas.
POR TANTO:
Con base a lo considerado y en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 41 incisos e) y k) de la Ley General de Cooperativas; el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Cooperativas INACOP;
RESUELVE:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ASISTENCIA
TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
A GRUPOS PRE-COOPERATIVOS
Y COOPERATIVAS
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