ACTA MUNICIPAL  04-2023.33

Reglamento de señalización vial para el Municipio de Concepción Chiquirichapa, Departamento de Quetzaltenango.

ACTA NÚMERO 04-2023

El Infrascrito Secretario Municipal, del municipio de Concepción Chiquirichapa, del departamento de Quetzaltenango. CERTIFICA: Tener a la vista el libro de "Actas de Sesiones Municipales", en el cual se encuentra el acta número 04-2023; la que copiada literalmente dice: "Acta número cero cuatro dos mil veintitrés (04-2023). Sesión Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del municipio de Concepción Chiquirichapa del departamento de Quetzaltenango, siendo las diecisiete horas (17:00) del día doce de enero de dos mil veintitrés (12/01/2023). Reunido en el Salón de Honor de la Municipalidad el Concejo Municipal, presidido por el señor Alcalde Municipal Remigio Hernández Lorenzo; Sindico I Prof. Mario López Sánchez; Sindico II Sr. Mario Cabrera López; Concejal I Sr. Rolando Cabrera López; Concejal II Sr. Andrés Francisco López Juárez; Concejal III Sr. Rubén Cabrera Lorenzo y Concejal IV Sr. Felipe Pérez López, y Secretaria Municipal Sra. Alma Dorita Pérez Sánchez, para dejar constancia de lo siguiente: Primero: El señor Alcalde Municipal declara abierta la sesión. Segundo: Se procede con la lectura del acta anterior, quedando aprobado. Tercero:... Trigésimo tercero: El señor Alcalde en uso de la palabra, manifiesta al HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN CHIQUIRICHAPA, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO. CONSIDERANDO: Que se han estado tomando acciones para la recuperación de espacios públicos y ordenamiento de calles, ya que al momento de asumir la administración municipal, se hizo evidente la problemática derivada de que la mayoría de calles y avenidas del municipio son usadas como parqueos, provocando congestionamiento vehicular, afectando tanto la locomoción de vehículos como el paso peatonal, asi mismo, los propietarios de establecimientos abiertos al público colocan obstáculos para apartar parqueos, asumiéndolos como si fuesen privados, aunado a esto, el aumento de ventas callejeras que obstaculizan la vía pública, ya que colocan mercadería limitando la movilidad, por lo cual, se hace necesario normar algunas acciones para recuperar el control de la vía pública. CONSIDERANDO: Que la Ley de Tránsito establece que la vía pública se integra por las carreteras, caminos, calles y avenidas, calzadas, viaductos, sus respectivas áreas de derecho de vía, aceras, puentes, pasarelas, ríos, lagos navegables, mar territorial, demás vías acuáticas, cuyo destino obvio y natural sea la circulación de personas y vehículos, por los que los bienes del poder público están destinados al uso común. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República en sus artículos 253 y 254 establece lo relativo a la autonomía municipal y gobierno municipal, por medio de su Concejo, debiendo atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, en el artículo 35 establece Atribuciones del Concejo Municipal, incisos a) La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales; b) El ordenamiento territorial y control de urbanismo de la circunscripción municipal; e) El establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos; i) La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales; j) La creación, supresión o modificación de sus dependencias, empresas y unidades de servicios administrativos, para lo cual impulsará el proceso de modernización tecnológica de la municipalidad y de los servicios públicos municipales o comunitarios, así como la administración de cualquier registro municipal o público que le corresponda de conformidad con la ley; k) Autorizar el proceso de desconcentración del gobierno municipal, con el propósito de mejorar los servicios y crear los órganos institucionales necesarios, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión de la administración municipal. POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal, con fundamento en los artículos 224, 253, 254, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, 9, 33, 35 incisos a, b, e, i, j, k, 67, 68, 72, 73, 142 del Código Municipal, Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; 2, 3, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 31, 32, 33, 34, 35 de la Ley de Tránsito, Decreto No. 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, por unanimidad. ACUERDA: Emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE SEÑALIZACIÓN VIAL PARA EL MUNICIPIO DE CONCEPCIÓN CHIQUIRICHAPA, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES.

 
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