ACTA MUNICIPAL  47-2022.8

Reglamento para prestación del servicio municipal de agua potable, en la jurisdicción Municipal de Santa Cruz Naranjo, Departamento de Santa Rosa.


ACTA NÚMERO 47-2022 PUNTO OCTAVO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ NARANJ0, DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA. CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO CUARENTA Y SIETE GUION DOS MIL VEINTIDOS (47-2022), DE FECHA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS DONDE SE ENCUENTRA EL PUNTO OCTAVO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE.

"OCTAVO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ NARANJO, SANTA ROSA. CONSIDERANDO Que el Reglamento para la Administración, operación y mantenimiento del servicio de agua potable de los caseríos Joyas de Brito, Plan de la Carta y Aldea Don Gregorio, Santa Cruz Naranjo, departamento de Santa Rosa, contenido en el Acta No 3-99, folios Nos 05 al 10 de fecha doce de julio de mil novecientos noventa y nueve, suscrita en el Libro número dos de Actas Extraordinarias, publicado en el Diario de Centro América el veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, no corresponden las exigencias actuales. CONSIDERANDO: Que el agua potable constituye un servicio público esencial, que la Municipalidad debe proporcionar a la población del Municipio, por lo que debe implementar las medidas necesarias para garantizar su abastecimiento constante. CONSIDERANDO: Que el objetivo de la Municipalidad es prestar dicho servicio sin fines de lucro persiguiendo únicamente recuperar los costos de funcionamiento que conlleva el proporcionar un servicio de agua potable de calidad, cantidad y oportuno. CONSIDERANDO: Que el crecimiento de la población del Municipio demanda que se tomen medidas oportunas para garantizar que en el futuro se continúe prestando el servicio con la calidad y eficiencia que se requiere. POR TANTO: El Concejo Municipal, con base en lo considerado y en las facultades que le confieren los Artículos 35 literales a, i), 53,68 literal a), 70 literal d), 72, 74, 100 literal e), 101, 106, 140, 141, 142 literal b), 150, 151, 152, 154, 155, 157, 161, 162 del Código Municipal, decreto No 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, por unanimidad. ACUERDA. Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA PRESTACIÓN DEL SERVICIÓ MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, EN LA
JURISDICCIÓN MUNICIPAL DE SANTA CRUZ NARANJO, DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.


CAPITULO I, GENERALIDADES.

 
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