ACTA MUNICIPAL  038-2022.4

Se acuerda derogar el plan de tasas, rentas, frutos, productos, multas y de más tributos de la municipalidad de Ciudad Tecún Umán, Municipio de Ayutla, del Departamento de San Marcos, contenido en el punto cuarto del Acta 024-2018.

ACTA NÚMERO 038-2022 PUNTO CUARTO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE CIUDAD TECUN UMAN, MUNICIPIO DE AYUTLA, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.

CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones Extra Ordinarias del Concejo Municipal, en el cual se encuentra el acta número CERO TREINTA Y OCHO guión DOS MIL VEINTIDOS, de fecha seis de diciembre del año dos mil veintidós, misma que al ser transcrita y confrontada con su original en su punto CUARTO, literalmente se lee:

CUARTO: El Honorable Concejo Municipal de Ciudad Tecún Umán, del municipio de Ayutla, del departamento de San Marcos.

CONSIDERANDO:

En ejercicio, de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de los fines que son inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda. El Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de su circunscripción municipal. El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la autonomía del municipio, se integra por el alcalde, los síndicos y los concejales, todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia. El alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.

CONSIDERANDO:

Corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos. Son atribuciones del Concejo Municipal: La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales. La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. La fijación de rentas de los bienes municipales, sean éstos de uso común o no, la de tasas por servicios administrativos y tasas por servicios públicos locales, contribuciones por mejoras o aportes compensatorios de los propietarios o poseedores de inmuebles beneficiados por las obras municipales de desarrollo urbano y rural.

CONSIDERANDO:

Que el PLAN DE TASAS, RENTAS, FRUTOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD TECÚN UMÁN, MUNICIPIO DE AYUTLA, DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, hasta la presente fecha se encuentra obsoleto en sus respectivos cobros, por lo que se hace indispensable crear nuevas tasas basados en lo que para el efecto determina la Ley de la materia.

POR TANTO:

En base a lo que estipulan los artículos: 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 33, 34, 35 incisos a), i), n), 38, 39, 40, 41, 42 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas.

ACUERDA:

 
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