RESOLUCIÓN  JM-140-2022

Se acuerda modificar el anexo 1. Regla de participación del Banco de Guatemala en el Mercado Institucional de Divisas, de la Resolución JM-171-2011,(...).


JUNTA MONETARIA

RESOLUCIÓN JM-140-2022

Inserta en el punto tercero b) del acta 48-2022, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 14 de diciembre de 2022.

PUNTO TERCERO b): Revisión de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2022.

RESOLUCIÓN JM-140-2022. Conocido el documento del Banco de Guatemala, que contiene la Evaluación de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2022 y Perspectivas Económicas para 2023.


LA JUNTA MONETARIA

CONSIDERANDO: Que en resolución JM-171-2011 y sus modificaciones, determinó la política monetaria, cambiaria y crediticia, mediante la que determinó una meta de inflación de mediano plazo a partir de 2013 de 4.0% +/- 1 punto porcentual, la cual ha mostrado ser el ancla de la política monetaria y guía de los agentes económicos para las decisiones de producción, empleo, inversión, consumo y ahorro; CONSIDERANDO: Que en la citada resolución se establece que, de acuerdo con el entorno económico nacional e internacional, la política monetaria, cambiaria y crediticia se revise por lo menos una vez al año y, de ser el caso, se propongan las modificaciones que se consideren convenientes; CONSIDERANDO: Que para 2023 se prevé que se mantenga el impulso económico por la resiliencia del país para adaptarse a las nuevas circunstancias, por lo que se espera que la actividad económica retorne a su crecimiento de largo plazo (3.5%), aunque dada la incertidumbre existente, se prevé un rango de crecimiento entre 2.5% y 4.5%; CONSIDERANDO: Que las proyecciones de los sectores monetario, real, fiscal y externo se fundamentan en la información más reciente, entre las que destacan las perspectivas de la economía mundial del Fondo Monetario Internacional (FMI), y de otros entes internacionales, las cuales permiten anticipar que el crecimiento económico mundial se desaceleraría en 2022 y se ubicaría en 3.2%, como resultado de una reducción de la demanda a nivel mundial, producto del endurecimiento de las políticas monetarias que apuntan a moderar la inflación persistentemente alta en la mayoría de las regiones; así como por los brotes de COVID-19 en la República Popular China, que están ocasionando restricciones a la movilidad, afectando severamente la actividad económica de dicho país y las cadenas de suministro a nivel mundial; además, las repercusiones de la guerra entre Rusia y Ucrania han incrementado los precios de la energía y de los alimentos a nivel mundial y han afectado, en mayor medida, el dinamismo de la actividad económica en Europa. Para 2023, las perspectivas están sujetas a un alto grado de incertidumbre y elevados riesgos a la baja, por lo que el crecimiento económico se ubicaría en 2.7%, asociado a la persistencia de los altos niveles de inflación, que conllevaría a un mayor endurecimiento de las condiciones financieras; a la incertidumbre en torno al curso de la invasión rusa a Ucrania; a la evolución de la crisis energética en Europa; y a la continuidad de las medidas asociadas a la pandemia en la República Popular China y sus implicaciones para el comercio mundial; CONSIDERANDO: Que en un esquema de metas explícitas de inflación, la flexibilidad cambiaria es un elemento necesario para el logro del objetivo fundamental de los bancos centrales de mantener una inflación baja y estable; en ese sentido, un tipo de cambio nominal flexible se constituye en una variable de ajuste frente a los diferentes choques externos que enfrenta la economía, lo que permite moderar la volatilidad en otras variables como el producto, el empleo y la inflación. La referida flexibilidad permite que la tasa de interés de política monetaria sea un instrumento independiente para el cumplimiento de la meta de inflación, lo que denota que la política monetaria no persigue ningún objetivo cambiario. En ese contexto, la regla de participación del Banco de Guatemala en el Mercado Institucional de Divisas, contenida en la política monetaria, cambiaria y crediticia vigente, ha sido un instrumento eficiente orientado únicamente a moderar la volatilidad del tipo de cambio nominal, sin afectar su tendencia; en el contexto descrito y considerando que el tamaño del mercado cambiario ha venido creciendo de manera paulatina, pero continua, resulta procedente aumentar el monto máximo de participación del Banco de Guatemala en dicho mercado; CONSIDERANDO: Que, de la evaluación realizada a la política monetaria, cambiaria y crediticia en 2022, esta junta estima pertinente introducir modificaciones a la misma,


POR TANTO:

Con base en lo considerado, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 13 y 26 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala; y tomando en cuenta el documento que contiene la Evaluación de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2022 y Perspectivas Económicas para 2023,


RESUELVE:

 
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