DECRETO DEL CONGRESO 51-2022
Ley temporal de Desarrollo Integral.
DECRETO NÚMERO 51-2022
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación.
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente.
CONSIDERANDO:
Que es necesaria la implementación de programas que dignifiquen a la sociedad y promuevan la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente en Guatemala.
POR TANTO:
En ejercicio de la potestad y la facultad que le confiere el artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY TEMPORAL DE DESARROLLO INTEGRAL
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